El autor del asesinato de dos jóvenes en Càlig (Castellón) es condenado a 44 años de prisión

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 1 diciembre 2008 17:55

CASTELLÓN 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

El magistrado presidente del tribunal del jurado que emitió un veredicto de culpabilidad para E.P.R., como autor del asesinato de dos jóvenes en Cálig (Castellón) en junio de 2005, ha condenado a este hombre a 22 años de prisión por cada una de las muertes, así como a que indemnice con 250.000 euros a los familiares de las víctimas.

La sentencia, emitida de conformidad con el veredicto del jurado, declara como hechos probados que el acusado, en la madrugada del 12 de junio de 2005, actuando según un plan previamente concertado y en conjunción con otras personas no identificadas, se dirigió al domicilio que la joven fallecida compartía con su hermana en Càlig.

E.P.R., junto con las otras personas, accedió a la citada vivienda de manera irregular y permaneció en su interior hasta la llegada de sus víctimas. Una de las dos hermanas llegó al domicilio acompañada de un joven hacia las 6.00 horas, donde fueron sorprendidos por el acusado y sus acompañantes, quienes golpearon violentamente al chico, al que causaron lesiones en el pómulo derecho, en la frente y en la parte alta del tórax.

Posteriormente, según la sentencia, ambos jóvenes fueron atados de pies y manos con una cuerda y, con ánimo de acabar con sus vidas, les dispararon con un arma de fuego en la cabeza, lo que les provocó la muerte. El acusado no había tenido relación alguna con las víctimas, así como tampoco con sus familiares y amigos, ni había estado nunca anteriormente en la citada vivienda.

También está probado que el acusado actuó sólo por móviles económicos, e ingresó en distintos bancos durante el mes siguiente a estos hechos 14.000 euros (2.000 euros a los dos o tres días y 12.000 euros al mes del suceso), y adquirió por esas fechas un solar por el que pagó no menos de 15.000 euros en billetes de 500 euros, sin que haya logrado justificar el origen lícito de dichas cantidades de dinero.

La sentencia señala en los fundamentos de derecho que el jurado atendió como elementos de convicción al testimonio de los agentes de la Guardia Civil sobre la vigilancia previa de la vivienda, al hecho de que el acusado no trabajó el 12 de junio, al hecho de que el acceso a la vivienda se produjo cuando no había nadie y tuvieron tiempo de preparar las cuerdas para inmovilizar a sus víctimas, así como al hecho de que no faltaban los objetos de valor, por lo que se destacó el móvil del robo.

Fundamentalmente -continúa la sentencia- el jurado se basó en que las colillas encontradas en el lavabo de la vivienda contenía el ADN del acusado". Según el magistrado-presidente, "los hechos declarados probados en el veredicto del jurado son legalmente constitutivos de un delito de allanamiento de morada en concurso ideal con dos delitos de asesinatos, al haber participado directamente el acusado en la muerte de las dos víctimas y concurrir las agravantes específicas de alevosía y de precio, recompensa o promesa.

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