MADRID 31 May. (EUROPA PRESS) -
La sección 7ª de la sala 3ª del Tribunal Supremo rechazó hoy suspender el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC), por el que se obligó a la Generalitat de Cataluña a limitarse en la campaña electoral del referéndum sobre el Estatut "a facilitar información a los ciudadanos sobre la fecha de votación, el procedimiento para votar, los requisitos y tramites del voto por correo".
La suspensión había sido solicitada por la Generalitat como medida cautelarísima, es decir, sin oír a las partes, y además, también la pidió como medida cautelar, sobre la que ahora deberá pronunciarse el Tribunal Supremo, lo que se espera para el próximo martes.
Debido a la urgencia del recurso que se refiere a una campaña que comenzará este jueves a las 12 de la noche, el alto tribunal ha dado un plazo de tres días a la Generalitat y a la Junta Electoral Central para que presenten sus alegaciones en relación con la suspensión del acuerdo de la Junta. Lo habitual es que para realizar este trámite las partes dispongan de 10 días.
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