Benidorm aprueba inicialmente la ordenanza que prohíbe por seguridad la estancia nocturna en la playa

Actualizado: lunes, 24 noviembre 2008 18:30

La disposición contempla tres tipos de sanciones con multas de entre 150 y 3.000 euros

BENIDORM (ALICANTE), 24 Nov. (EUROPA PRESS) -

El equipo de gobierno de Benidorm (Alicante) aprobó hoy inicialmente en sesión plenaria la nueva ordenanza de playas que prohíbe la estancia nocturna en estos espacios desde las 00.00 hasta las 07.00 horas "con motivo de la utilización de maquinaria para la limpieza de las playas" y "por razones de seguridad".

Desde el equipo de gobierno se destacó que la ordenanza "en ningún caso" prohíbe "la entrada, salida y tránsito" por la playa. Por su parte, la oposición socialista votó en contra al entender que la medida es "restrictiva" e "imposible de aplicar".

La edil de Playas, Josefa Pérez, indicó que esta ordenanza está pensada para "proteger el bien más preciado de Benidorm" y su "principal riqueza" y señaló que se trata de "una herramienta para evitar un uso indebido de la playa", entre ellos, el consumo de alcohol. Durante su intervención, Pérez recalcó el incremento de actas "por botellón en la arena" abiertas por la Policía Local y que de junio a agosto se elevó a 609.

El portavoz del equipo de gobierno, Antonio Pérez, indicó que "los datos facilitados por la concejala de Playas indican que hay un nuevo hábito en la playa de Benidorm" contra el que "hay que actuar" y recalcó que esta ordenanza tiene un "importante carácter medioambiental". La edil del área explicó que el texto parte de la "ordenanza marco" elaborada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias a partir de la cual se redactó esta disposición, en la que "se ha estado trabajando más de dos años".

Desde la oposición, el concejal Manuel Cabezuelos calificó esta ordenanza de "restrictiva" y aseguró que es "imposible de cumplir por los usuarios y de hacer cumplir". El edil apuntó que el texto se ha elaborado con "afán recaudatorio" y que es contrario al carácter de Benidorm, "una ciudad abierta las 24 horas".

La ordenanza contempla tres tipos de sanciones, leves, graves y muy graves, cuya cuantía oscila entre los 150 y los 3.000 euros. Entre las infracciones leves, en las que se encuentra la estancia en la playa, se describe la realización de actividades como juegos de pelota, paletas u otros ejercicios --multa de 150 euros--; la presencia de animales domésticos --250 euros--; dejar instalados parasoles, así como sillas, mesas u otros complementos sin estar presente el propietario o para reservar sitio --150 euros--; la evacuación fisiológica en el mar o en la playa --150 euros-- o la venta ambulante --300 euros--.

En el apartado de infracciones graves están recogidas bañarse cuando esté izada la bandera roja --multa de 1.000 euros--; hacer fuego --1.100 euros--; pescar en lugar o época no autorizada --751 euros--; dificultar las labores de salvamento --1.100 euros--, o la práctica de algunas modalidades de deportes náuticos como el surf --1.000 euros--.

Por último, se consideran infracciones muy graves, a las que podría corresponder una multa de hasta 3.00 euros, el vertido y depósito de materias que puedan producir contaminación y riesgo de accidentes --2.000 euros de multa--; ocupar la playa con instalación fija o desmontable sin contar con la preceptiva autorización --2.501 euros-- o la circulación de embarcaciones no autorizadas dentro de balizamiento --2.200 euros--, entre otras. La ordenanza estará a disposición pública durante 30 días para la presentación de alegaciones antes de su aprobación definitiva.