Condenado a 2 años de cárcel por quemar un contenedor tras una manifestación en homenaje a un etarra que se suicidó

Actualizado: viernes, 20 junio 2008 18:00

MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a dos años y 1 día de prisión a Igor Álvarez Zubeldia por un delito de incendio terrorista, como responsable de la quema de un contenedor de basura tras una manifestación-homenaje al miembro de ETA José Ángel Alzuguren, alias 'Kotto', fallecido por suicidio, en el casco viejo de San Sebastián en octubre de 2005.

En los fundamentos jurídicos de la sentencia, el tribunal destaca las declaraciones de dos miembros de la Benemérita que conocían a Álvarez tras llevar unos meses vigilándole, "por sospechar que participaba en actos de violencia callejera", y que le reconocieron como el que roció el contenedor con líquido inflamable antes de prenderle fuego.

Durante el juicio, el joven se desdijo de las declaraciones que realizó ante la Guardia Civil y el juez instructor Santiago Pedraz y, si bien reconoció haber participado en la manifestación y que sabía que ésta era en apoyo de ETA, negó haber intervenido en los hechos de 'kale borroka' de los que se le acusaba.

No obstante, el tribunal no duda de la declaración de los testigos de la Guardia Civil y de dos ertzaintzas que también presenciaron los hechos y que dispersaron con tiros al aire al grupo que quemó el contenedor junto a Álvarez, después de ser reconocidos como policías y ser agredidos con varios objetos que los jóvenes les lanzaron.

"En este caso, al haberse estimado probado que el acusado intervino en el incendio del contenedor (...) en el marco de lo que puede considerarse como lucha callejera, para manifestar su apoyo a la organización terrorista ETA con motivo de la muerte de uno de sus miembros, y con la finalidad de alterar en plena zona urbana la tranquilidad ciudadana, lo que supone una perturbación grave de la paz pública", los hechos deben estimarse constitutivos de un delito de incendio terrorista, concluye la Sala.

Se estima la agravante de disfraz (Álvarez llevaba el rostro semi-oculto con un pañuelo en el momento de los hechos) y como atenuante el pago por el joven el pasado lunes, un día antes de la celebración del juicio, de los 1.044 euros en los que se valoraron los daños al mobiliario urbano.