El despacho de Garzón presenta un incidente de nulidad contra la "arbitrariedad" de suspender el voto a nacionalizados

Reclama de forma "urgente" que el Supremo revierta las medidas cautelares por la "grave vulneración" de derechos de los afectados

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Archivo - El exjuez Baltasar Garzón, durante una entrevista para Europa Press, a 3 de junio de 2026, en Madrid (España).
Archivo - El exjuez Baltasar Garzón, durante una entrevista para Europa Press, a 3 de junio de 2026, en Madrid (España). - JUAN BARBOSA - Archivo
Europa Press Nacional
Actualizado: viernes, 23 octubre 2026 10:56

MADRID, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

El despacho de abogados ILOCAD, que lidera el exjuez Baltasar Garzón, ha presentado un incidente de nulidad en el Tribunal Supremo contra la "arbitrariedad" que, a su juicio, cometió al suspender de forma cautelar el voto para los nacionalizados por la 'ley de nietos' que no demuestren que son descendientes de exiliados.

Así lo ha señalado el despacho este viernes a raíz de la decisión del Tribunal Constitucional de no admitir a trámite el recurso del Defensor del Pueblo frente a la suspensión adoptada por el Supremo.

ILOCAD, que representa a tres personas afectadas por este asunto 'probono', ha formulado un incidente excepcional de nulidad de actuaciones "ante la gravedad de los hechos".

"El objetivo es que el Supremo se pronuncie ahora, ante la petición de nulidad de las medidas cautelares efectuadas en nombre de tres ciudadanos españoles que han visto suspendido su derecho de sufragio activo", ha indicado en un comunicado.

Según el despacho, el incidente de nulidad invoca la protección del derecho fundamental de participación política "vulnerado", porque "la suspensión del derecho de sufragio activo (voto) está excluido del ordenamiento jurídico desde el año 1995, cuando tan sólo podía imponerse de forma individualizada y justificada, nunca en masa, por sentencia penal firme".

"FUERA DE LA COMPETENCIA DEL SUPREMO"

Y además invoca otros tres derechos fundamentales que considera vulnerados, empezando por el de igualdad ante la ley y a no sufrir ningún tipo de discriminación, "debido a que se ha suspendido el derecho a voto de extranjeros inscritos CERA", el Censo Electoral de Residentes Ausentes, que "adquirieron la nacionalidad por la condición de exiliados con motivo de la Guerra Civil y el franquismo, pero no de aquellos que la han adquirido por idéntica vía pero no se hallan inscritos en dicho CERA".

A ellos añade el de la tutela judicial efectiva, por la "indefensión padecida" por los afectados, que "pudiendo haber sido llamados para participar en el proceso y ser oídos antes de la adopción firme de las medidas cautelares, pese a la petición de esto por la Abogacía del Estado y ser una obligación legal para el órgano judicial, no ha sido hasta la misma resolución firme de medidas cautelares" cuando el Supremo ha acordado notificar para que "acudan ahora al proceso y aleguen lo que consideren oportuno", sin que tales alegaciones "tengan posibilidad legal de alterar la decisión adoptada como mecanismo procesal normal para ello".

También lo cree vulnerado por "la arbitrariedad de la decisión de adopción de las medidas, al tratarse la suspensión del sufragio activo de una medida contraria a la legalidad constitucional, no guardar relaciones con la cuestión del procedimiento principal y estar fuera de la competencia del Supremo".

Así las cosas, ILOCAD pide que, de manera "urgente", el Supremo reconozca la "grave vulneración" de los derechos fundamentales de los tres afectados a los que representa y que son "extensibles a miles de personas más que se han visto privadas".

El despacho ya abogó por la nulidad de las medidas cautelares acordadas por el alto tribunal en un escrito de alegaciones provisionales, así como que los afectados sean indemnizados por los "daños sufridos".

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