Las familias andaluzas no tendrán que pagar nada por la declaración de idoneidad para la adopción internacional

Actualizado: sábado, 12 enero 2008 12:50


SEVILLA, 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social va a sufragar con casi tres millones de euros los costes de la declaración de idoneidad a aquellas familias andaluzas que quieran adoptar menores extranjeros, convirtiéndose por tanto en gratis este requisito al igual que ocurre en la adopción nacional.

Fuentes del departamento del ramo informaron a Europa Press de que esto es así desde el 1 de enero de 2008 y que, anteriormente, esta circunstancia no se daba debido al crecimiento exponencial del número de solicitudes de adopción internacional en los últimos años.

El proceso de declaración de idoneidad para la adopción, tanto para las familias que solicitan niñas y niños de adopción nacional como para los solicitantes de adopción internacional, consta de dos fases diferenciadas, la información-formación, y la valoración social y psicológica de sus circunstancias personales y familiares.

En la primera fase, las familias reciben información y son preparadas en pequeños grupos por expertos profesionales para hacer frente a las responsabilidades que han de asumir con la incorporación en sus hogares de niños adoptados. Este requisito ha sido siempre organizado de forma gratuita para las familias tanto de adopción nacional como de internacional.

La segunda fase, basada en entrevistas personales y visitas al domicilio, es la que da lugar a la elaboración de los informes social y psicológico que sirven de base para la resolución de idoneidad y, en el caso de adopción internacional, certificado de idoneidad y su posterior envío al país en el que se vaya a tramitar la adopción, que a partir de ahora es gratuito.

En el caso de la adopción nacional, este requisito siempre ha sido gratuito para los solicitantes, desarrollándose por los propios funcionarios y funcionarias de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Durante el año 2007 se tramitaron 1.157 solicitudes de adopción internacional, lo que representa un 20 por ciento menos que el año 2006 en el que fueron 1.394 las tramitadas.

El país más demandado sigue siendo China con 375 solicitudes tramitadas, a pesar de la drástica reducción con respecto al año anterior en el que se tramitaron 973, lo que es debido a los nuevos requisitos para los solicitantes establecidos por el Centro Chino de Adopciones.

Los países que acumulan mayor incremento son Etiopía con 87 solicitudes tramitadas, frente a las 36 del año anterior; Filipinas con 59 frente a una del año anterior; y Kazajstan con 127 frente a 22. Cabe destacar, igualmente, el ligero repunte que están experimentando algunos Estados latinoamericanos como Colombia y México.

Las tramitaciones en Rusia con 157 solicitudes frente a 139 en el 2006, se mantienen con una cierta estabilidad, mientras que se incorporan nuevos países como Polonia, en el que se han tramitado 45 solicitudes. Con respecto a los menores que han sido asignados a familias andaluzas, durante el año 2007 éstos han sido 571, un ocho por ciento menos que en el año 2006 en el que fueron 609.

China con 195 y Rusia con 130 continúan siendo los países de los que han venido el mayor número de niñas y niños en adopción internacional, aunque en ambos casos se ha producido un descenso con respecto al año anterior; concretamente 239 en el caso de China y 158 en el de Rusia. En el primer caso debido a un incremento en los plazos de tramitación y en el segundo debido a la falta de acreditación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAIs) por parte del Gobierno Ruso.

La nueva Ley Estatal de Adopción Internacional, en la que han tenido un importante papel de impulso y propuestas las comunidades autónomas, viene a asegurar que las adopciones internacionales se realicen en interés superior del niño o niña y con pleno respeto a sus derechos, previniendo la sustracción, venta y el tráfico infantil.

Asimismo, esta nueva norma prohíbe la adopción de los menores que vivan en países en conflicto bélico o inmersos en desastre natural, así como cuando no exista una autoridad específica de control, o no se den las garantías que aseguren el respeto del interés preferente del menor. Igualmente, recoge el derecho que se reconoce a los adoptados a conocer sus orígenes biológicos y familiares.