Fiscalía plantea investigar si la agencia de detectives Método3 usó "medios ilícitos" en sus pesquisas

El dueño de Método3 esgrime la "doctrina Falciani" para frenar eventuales investigaciones

Archivo - Buzón de la subsede de Método 3 en la calle Aribau (Imagen de archivo)
Archivo - Buzón de la subsede de Método 3 en la calle Aribau (Imagen de archivo) - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 10 febrero 2022 13:17

MADRID, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción ha planteado la necesidad de deducir testimonio de una parte de la documentación hallada en los registros de las casas del comisario José Manuel Villarejo y su socio Rafael Redondo para que los Juzgados de Instrucción de Barcelona investiguen si la agencia de detectives Método3 usó "medios ilícitos" en sus pesquisas.

Así lo manifestaron los fiscales Miguel Serrano y César de Rivas en un informe, al que ha tenido acceso Europa Press, donde interesaron prorrogar seis meses la investigación de la pieza separada 27 de 'Tándem', la macrocausa donde se examinan los diversos negocios del ahora comisario jubilado a través de su grupo empresarial, CENYT.

En dicha pieza se investiga el papel que pudo jugar Villarejo en los registros que se produjeron en febrero de 2013 en las sedes de Método3 en Barcelona y Madrid. El dueño de la agencia de detectives, Francisco Marco, denunció que pudo propiciarlos para hacerse con la información sensible que se guardaba en ambos locales.

Una de las razones que alegó el Ministerio Público para extender las pesquisas fue que en los registros llevados a cabo en las casas de Villarejo y Redondo se intervino documentación de Método3 que "se encuentra aún pendiente de un completo estudio y análisis, que derivaría en diferentes opciones procesales".

En concreto, señaló que parte de dicho material "pondría de manifiesto un posible uso de medios ilícitos por parte de la empresa Método3 en el desarrollo de los servicios de investigación privada por cuenta de sus clientes, como el acceso a datos bancarios protegidos, el acceso a procedimientos judiciales o a investigaciones policiales, colocación de cámaras en ámbitos privados, o la utilización de tráficos de llamadas telefónicas".

"Lo que conllevaría la necesidad de deducir un testimonio de los mismos al Decanato de los Juzgados de Instrucción de Barcelona, por si se hubieran cometido delitos de descubrimiento y revelación de secretos que no se encontraran ya prescritos", expusieron los fiscales, como una de las "opciones procesales" para esa "ingente documentación".

EL INFORME SOBRE LOS GARCÍA CERECEDA

Este asunto afloró durante la sesión del primer juicio por 'Tándem' que se celebró el miércoles en la Audiencia Nacional, por un informe que consta en la pieza 'Land', donde se investiga el espionaje que Villarejo habría desplegado contra determinadas personas señaladas por Susana García Cereceda en el contexto de una pugna familiar tras la muerte de su padre por la herencia, especialmente por el control de PROCISA, le empresa promotora de La Finca (Madrid).

Según el relato construido a lo largo de la vista oral, el citado informe lo habría encargado Silvia Gómez Cuétara a Método 3 y contendría información privada de los García Cereceda. El 'dossier' habría llegado a manos de Villarejo tras el registro por parte de la Unidad de Asuntos Internos en las sedes de la agencia de detectives y el comisario habría comentado la existencia del mismo con su cliente, a la que se lo habría entregado.

El fiscal Serrano quiso aclarar en dicha sesión que "en ningún caso se ha pedido deducir testimonio sobre Silvia Gómez Cuétara como contratante de ese informe", sino que "se evalúe si efectivamente en esos informes de Método3 pudiera haber vulneración de la intimidad por utilización de medios ilícitos".

Además, en su informe al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, Anticorrupción pidió unir a estas pesquisas las llevadas a cabo por el Juzgado de Instrucción Número 14 de Barcelona, que investigó y archivó la presunta trama de espionaje en La Camarga.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 finalmente optó por ampliar la investigación de esta pieza separada hasta el próximo 29 de julio al considerar que aún hay diligencias por practicar, incluidas una nueva declaración de Marco como denunciante y otra de Villarejo como imputado.

LA "DOCTRINA FALCIANI"

Por su parte, Marco, en un escrito del pasado 1 de febrero, reivindica "la legalidad de las investigaciones de Método3", al tiempo que advierte de "la imposiblidad material de iniciar cualquier tipo de actuación" en su contra debido a la "doctrina Falciani".

A su juicio, "los documentos que deben ser objeto de expurgo no son solo aquellos que afectan a materia clasificada como secretos oficiales, sino todos los documentos", porque la citada doctrina prohíbe "perseguir criminalmente a cualquier ciudadano que ha visto vulnerados sus derechos de prueba por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado".

"Nos encontramos con que la actividad policial del señor Villarejo afectó en la forma ilegal de acceder a la información de Método3 y, por tanto, ha devenido prueba ilegalmente obtenida que debe ser objeto de expurgo y cuya persecución es imposible procesalmente y no puede ser objeto de ningún tipo de deducción de
testimonio", sostiene.

Y, en este sentido, apostilla que "si en todas las piezas separadas de esta causa se mantiene que el señor Villarejo era y actuó como policía, no se podrá mantener lo contrario en esta pieza".

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