De Juana estará bajo custodia hasta que el juez decida si hay garantías para la libertad condicional

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 17 noviembre 2008 18:36

BELFAST, 17 Nov. (EUROPA PRESS/Eva Martínez Millán) -

El ex preso etarra Iñaki de Juana Chaos permanecerá bajo custodia de la Policía de Irlanda del Norte hasta que el juez que gestiona su extradición, Tom Burgess, resuelva si se dan las condiciones para la libertad condicional demandada por sus abogados a partir de las pruebas documentales que está a la espera de recibir de las fuerzas de seguridad norilandaesas.

En la audiencia celebrada hoy en la sala 12 del complejo judicial de Laganside, en Belfast, el magistrado se mostró favorable a conceder una libertad provisional para De Juana mientras se prolonga el proceso, pero requirió pruebas que garanticen esta posibilidad. Entre las pruebas requeridas figura la residencia en la que habita en la capital norirlandesa y demás documentación alegada por la defensa, como la petición de subsidios que ya ha presentado al Estado británico o clases de idiomas a las que se ha matriculado desde septiembre a febrero.

El representante de la firma Kevin R. Winters, que ha asumido el procedimiento, confirmó que el ex jefe del 'comando Madrid' lleva residiendo en la capital del Ulster seis semanas, por lo que el juez se mostró dispuesto a recibir documentación que certifique las posibilidades de mantenerlo en libertad condicional tras la detención que tuvo lugar esta mañana a raíz de su entrega voluntaria en los juzgados.

De Juana se presentó esta mañana en el tribunal norilandés en respuesta a la orden europea de detención emitida por la Audiencia Nacional por un supuesto delito de enaltecimiento del terrorismo. En este sentido, el magistrado anunció que permanecerá en su oficina hasta las 18:00 horas (19:00 hora española), de modo que en caso de que las pruebas solicitadas no lleguen a tiempo, De Juana continuará bajo custodia policial y pasará la noche detenido.

Entre los documentos que se espera presenten las fuerzas de seguridad figurará, en primer lugar, el registro de la vivienda en la que se encuentra residiendo en Belfast junto a su mujer, Irati Aranzábal, desde hace tres semanas. La fiscalía había argumentado que el etarra cambió varias veces de residencia tras su llegada a Irlanda del Norte para solicitar que no sea puesto en libertad condicional.

En caso de conceder la libertad, el juez impondrá unas condiciones entre las que podrán figurar desde una cantidad económica por determinar, limitaciones a las salidas o toques de queda, si bien sus abogados insistieron en que el desplazamiento a Irlanda respondió a la notable presión sufrida por el ex preso etarra a su salida de prisión.

EL JUEZ TIENE DUDAS PARA LA EXTRADICIÓN

En una tercera reapertura de la sesión, tras dos interrupciones anteriores, una de ellas por falta de intérprete, el juez planteó dudas sobre el carácter del delito alegado por las autoridades españolas ya que, según explicó, a la vista de la 'euroorden' no detecta equivalencia con un delito estipulado en la legislación británica. En consecuencia, el magistrado considera necesario consultar el Código Penal español para examinar el delito alegado, por lo que la fiscalía se comprometió a hacerle llegar un ejemplar del mismo.

Además, el magistrado descartó una extradición directa debido a que la pena máxima por un delito de enaltecimiento del terrorismo, que la Audiencia Nacional imputa a De Juana, es de 2 años por la inclusión de la expresión "adelante la pelota" en la carta supuestamente leída en su nombre en el homenaje celebrado en San Sebastián el 2 de agosto, a su salida de prisión.

Por ello, el juez explicó que cualquier proceso de extradición implicaría recurrir a la 'doble tipificación' que significa el reconocimiento de un delito similar en el Código Penal británico. Al respecto, la cuestión se centra en la existencia de 'encouragement of terrorism' presente en la normativa de Reino Unido desde 2006 y que que podría aplicarse para el caso de De Juana.

Así, esta ley incluye un apartado en el que alude a la 'glorificación' del terrorismo después de que así lo decidiera el Gobierno para frenar la expansión del radicalismo islámico y la apología de la violencia en las mezquitas británicas tras los atentados del 7 de julio de 2005.

Sin embargo, el juez explicó que los contenidos de la 'euroorden' aluden a actos que contribuyen "a la humillación y al aumento del dolor de las víctimas", lo cual podría no ser tipificado dentro de la regulación británica.

Además, la defensa se encargó de recordar que los delitos de terrorismo no entrarían en la 'doble tipificación', por lo que la alegación de la Audiencia Nacional para este recurso dejaría en entredicho las propias demandas de la Justicia española para garantizar la extradición de De Juana Chaos, que ya aclaró que se niega a ser enviado a España.

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