SAN SEBASTIAN, 8 Jun. (EUROPA PRESS) -
El abogado Alvaro Reizabal presentó esta mañana un recurso contra el auto que acordó el ingreso en prisión del preso de ETA Iñaki de Juana Chaos, al entender que es "absolutamente contrario a derecho". El abogado argumenta que un "auto firme" estableció "sin género de dudas" que debía regresar a su domicilio, y advierte de que modificar eso "como consecuencia" de las decisiones de ETA, vulnera "los más elementales principios del derecho penal".
El recurso presentado ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, al que tuvo acceso Europa Press, solicita que se revoque el auto dictado el pasado 6 de junio, de manera que el preso cumpla el resto de la pena en su domicilio, "en cumplimiento de lo acordado por el auto de 1 de marzo", día en el que De Juana ingresó en el Hospital Donostia.
En el recurso, el abogado señala que el modelo de cumplimiento en su día aprobado por Instituciones Penitenciarias y "ratificado" por un auto del 1 de marzo, "no prevé en absoluto que el interno reingrese en prisión, sino que estable taxativa e imperativamente que permanecerá en su domicilio" tras abandonar el centro hospitalario.
Por ello, dice que "no es cierto" decir ahora que ingresa en prisión "en cumplimiento del plan previsto y aprobado" por esa resolución judicial. "En ejecución de una resolución judicial que dice que deberá permanecer en su domicilio, no puede acordarse su ingreso en prisión, pues ello contraría manifiestamente lo ejecutoriado", añade.
Por otro lado, el abogado recuerda que el auto judicial que recurre reconoce que "se siguen manteniendo las razones médicas y sanitarias" que dieron lugar al auto del 1 de marzo, puesto que De Juana no ha recibido aún el alta médica. En consecuencia, señala que "no cabe otra solución" que la permanencia en el domicilio.
Reizabal señala en el recurso que "parece ser que el giro copernicano en la situación de De Juana se produce" en base a la resolución de la Dirección General del 28 de febrero, que establecía que, "conforme evolucionase su estado de salud se podrán imponer otras medidas de control y seguridad".
Sin embargo, Reizabal defiende que, en base al contexto en el que se encuentra esa afirmación, se refiere a que se "podrán imponer otras medidas de control y seguridad", más estrictas o más laxas, cuando "se encuentre en su domicilio", y que no cabe cualquier otra interpretación.
"CONDUCTAS DE TERCEROS"
Por todo ello, el abogado concluye que la resolución de Instituciones Penitenciarias "parece más una decisión política", consecuencia del comunicado de ETA que anunció la ruptura del alto el fuego, que "la ejecución" del auto del 1 de marzo.
En este sentido, advierte de que es "absolutamente contrario a derecho acordar el ingreso en prisión" de De Juana "en base a conductas de terceros absolutamente ajenos a él", cuando "estaba acordado por una resolución firme que debía permanecer en su domicilio".
El letrado denuncia que, "hacerle responsable" de las decisiones de ETA e ingresarle en prisión como consecuencia de ellas, es "radicalmente contrario a los más elementales principios del derecho penal y a la normativa internacional sobre derechos civiles y políticos".
Finalmente, pide al juzgado que acuerde el traslado de De Juana a su domicilio, "en ejecución de lo aprobado por el auto del 1 marzo de 2007, que es firme".