La Junta Electoral tumba la pretensión de Vox de anular ahora las europeas

Santiago Abascal, presidente de Vox
VOX
Actualizado: viernes, 24 abril 2015 18:45

MADRID, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado la pretensión de Vox de anular ahora el escrutinio de las elecciones europeas de 2014 y ha subrayado que "una petición de tal gravedad" exige una acreditación "clara y precisa" que el partido derechista no ha aportado.

Tras haber detectado lo que considera "un error" en el escrutinio de los votos de la provincia de Sevilla en las recientes autonómicas andaluzas, este partido presentó un recurso extraordinario ante la Junta Electoral Central reclamando la anulación de recuento de todos los votos emitidos en España en las elecciones europeas de mayo de 2014.

El partido que preside Santiago Abascal alegaba que en esos comicios europeos se quedaron a menos de 2.000 votos de lograr escaño en el Parlamento Europeo y, si en Sevilla no les contaron 360 votos en las andaluzas, la revisión del recuento de 2014 con nuevos parámetros podría hacer aflorar esos sufragios.

Pero la Junta Electoral Central (JEC), en una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, ha querido dejar claro que una petición "de tal gravedad" como anular el recuento de unas elecciones exige una "acreditación clara y precisa" que en el escrito de Vox no aparece.

Es más, subraya que Vox reclama revisar los votos de las europeas de 2014 pero sin señalar novedades ni incidencias concretas de esas elecciones, sino argumentando "un error" en las autonómicas andaluzas de 2015 que la JEC tampoco reconoce.

Además, les recuerda que el recuento de los votos de las elecciones europeos fue público, como establece la ley, y que pudieron estar presentes representantes de todos los partidos, incluyendo Vox, y no constan reclamaciones en ese sentido.

NO HAY MOTIVO PARA PONER EN CUESTIÓN EL ESCRUTINIO

"No lo hizo entonces y pretende ahora revisar un acto firme sin acreditar ninguno de los supuestos previstos en la ley --replica la JEC--. La formación recurrente no presenta ningún documento que permita poner en cuestión los resultados electorales de 2014".

La decisión de la Junta Electoral es firme en vía administrativa, por lo que a Vox sólo le cabe presentar un recurso por la vía de los contencioso administrativo en el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses.

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