TERUEL 28 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Teruel ha concedido la libertad provisional sin fianza a Salvador Latasa, condenado recientemente a cinco años de prisión por un homicidio consumado y otro en grado de tentativa, al considerarle culpable de los disparos que acabaron con la vida de un hombre y que hirieron a otro, en la Ronda Ambeles de la capital turolense en abril de 2006.
Los hechos fueron juzgados a finales de pasado mes de febrero, y entonces la Audiencia le condenó a cinco años de prisión, aunque el acusado estaba en la cárcel desde el día de los hechos. Su hermano Miguel Ángel, que le acompañaba el día de los hechos, fue absuelto. Ambos pensaron que iban a ser atacados por dos hombres, y por temor a una agresión, utilizaron las armas que llevaban consigo porque se dirigían a un campo de tiro para participar en una competición.
Ahora, los abogados de los padres del fallecido José Antonio Polo y del herido en el tiroteo, José Ángel Sánchez, han presentado un recurso ante el Tribunal Supremo por considerar que no se tiene en cuenta los hechos probados. La sentencia de la Audiencia Provincial todavía no es firme, y la Ley establece que una persona no puede permanecer en prisión preventiva más de la mitad del tiempo de la condena, algo que se cumpliría el próximo 9 de octubre.
En una vista, celebrada esta semana en la Audiencia Provincial de Teruel, el abogado del acusado, Enrique Trebolle solicitó la puesta en libertad provisional, con o sin fianza para su acusado. Algo a lo que no se opuso una de las acusaciones particulares, el letrado Miguel Ángel Lou, que representa a la hija del fallecido. Por su parte, el fiscal, Jesús Gargallo, y las otras dos acusaciones, representadas por Vicente Baeza y Antonio Bueso, solicitaron que el acusado permaneciera en prisión el máximo tiempo posible, esto es hasta el próximo mes de octubre.
Al no existir sentencia firme, y ante la previsión de que tampoco haya llegado el próximo 9 de octubre, la Audiencia de Teruel ha concedido la libertad provisional sin fianza, puesto que "la medida de prisión provisional no puede ser un cumplimiento anticipado de la pena a la que definitivamente sea condenado", reza la sentencia, que añade que "puede concluirse que en el momento presente la medida cautelar en su día adoptada no resulta necesaria ni proporcionada desde el punto de vista de su justificación constitucional".
Aún así, la sentencia hecha pública hoy mantiene para Salvador Latasa la prohibición de residir en Teruel, así como acercarse y comunicarse con los familiares de la víctima. Además, deberá comparecer ante un tribunal los días dos veces al mes.