Un sindicato policial ve "vulnerado" el proceso de selección a una agente de la Urbana

El Ayuntamiento espera a la resolución y resalta que la evaluación no se basa en su salud

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 18 agosto 2015 12:26

BARCELONA, 18 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Sindicat de Policies Municipals de Cataluña (SPPM) ha interpuesto un recurso de alzada por considerar que se ha producido una "sistemática vulneración" del proceso de evaluación de una agente de la Guardia Urbana de Barcelona en período de prácticas por parte del Tribunal Calificador.

Expone que en la evaluación de la fase práctica de la mujer, en la que ha sido declarada no apta, el tribunal no ha tenido en cuenta que la aspirante está de baja facultativa por una enfermedad "muy grave" desde el 25 de mayo de este año, por la que ha tenido que realizar un tratamiento de quimioterapia en el Institut Català d'Oncologia, según han informado fuentes del sindicato a Europa Press.

Fuentes municipales han señalado que el Comisionado de Seguridad del Gobierno municipal está pendiente de que se resuelva el recurso de alzada presentado ante el Ayuntamiento, que se sustenta en argumentos muy técnicos y alega cuestiones formales de procedimiento sobre una decisión del tribunal evaluador que resalta que "no se ha basado en su estado de salud, sino en otros criterios".

El SPMM ha asegurado que la mujer realizó un período de prácticas de tan solo diez meses debido a su enfermedad, cuando la duración establecida es de 12 meses, y ha defendido que el artículo 11.4 de las bases del proceso de selección afirma que las personas con una "incapacidad temporal" se deben reincorporar al período de prácticas cuando finaliza la baja.

VULNERACIÓN DE LA SEGURIDAD JURÍDICA

El sindicato critica que el acta del Tribunal Calificador afirma que la mujer tiene abierto un expediente disciplinario, algo que ésta asegura que desconoce, por lo que considera que la decisión "vulnera a todas luces" el principio de seguridad jurídica.

También ha criticado que la evaluación se debería haber realizado en dos períodos, en dos unidades distintas y con dos tutores distintos, mientras que el informe que calificó a la aspirante como no apta lo hizo con una nota media final de 3,53 puntos sobre 10, en la evaluación de diez meses en un mismo turno en el distrito de Ciutat Vella.

En el recurso destaca que la mujer supo que la habían declarado no apta en la fase de prácticas a través de sus compañeros en la Guardia Urbana, e insiste en que el Ayuntamiento no comunicó en ningún momento la resolución del Tribunal Calificador.

También ha señalado que en las bases de la convocatoria no se especifica el baremo puntuable del informe de calificación, y ha insistido en que no existen unas normas de puntuación que "permitan entender" de qué forma se ha llegado a dar una nota media de 3,53 sobre 10 en una evaluación de diez meses.

El SPPM ha solicitado que a la afectada se la declare apta en la fase de prácticas o bien que se realice nueva "evaluación objetiva" en dos unidades diferentes y por dos tutores, abonar las mensualidades dejadas de percibir y facilitar una copia del expediente disciplinario y otra del informe evaluativo.

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