El Supremo afirma que no corresponde al CGPJ entender de las denuncias por dilaciones del Constitucional

Actualizado: lunes, 30 abril 2007 14:02

MADRID, 30 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo afirma en una sentencia que no le corresponde al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) "entender de denuncias o reclamaciones que afectan a supuestas dilaciones producidas por la intervención del Tribunal Constitucional" en la resolución de los recursos de amparo.

En este sentido, explica que el Consejo "carece de facultades inspectoras o disciplinarias sobre el Tribunal Constitucional, porque éste no forma parte del Poder Judicial, estando sometido a la Constitución" y a su ley orgánica reguladora. Es decir, que el TC "es independiente de los demás órganos constitucionales y por lo tanto del Consejo".

El Supremo desestima así un recurso contra un acuerdo de la Comisión Disciplinaria del CGPJ de noviembre de 2003 que archivó las actuaciones abiertas a instancias de un particular "por tratarse de cuestiones jurisdiccionales ajenas a las competencias el Consejo".

En concreto, el particular denunció al Constitucional por los retrasos sufridos en la resolución de recursos de amparo presentados contra permisos de salida que, según él, se le denegaban desde el año 2000, ya que, en su opinión, cuando el alto tribunal se pronunciara en un sentido u en otro, carecería de trascendencia la resolución por tardía.