El Supremo revisará a puerta cerrada el 25 de mayo el recurso de la mujer condenada por matar al violador de su hija

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 4 mayo 2010 19:24

MADRID 4 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda del Tribunal Supremo revisará a puerta cerrada el próximo día 25 de mayo el recurso interpuesto por Mª del Carmen E.G., condenada por la Audiencia Provincial de Alicante a nueve años y medio de prisión por quemar vivo al violador de su hija cuando ésta tenía 13 años. El magistrado Carlos Granados será el ponente de la sentencia que decidirá si se confirma la condena por los delitos de asesinato, y de lesiones dolosas causadas a otro hombre que también sufrió quemaduras al ser impregnado por el mismo líquido inflamable.

La sentencia consideró a Mª del Carmen como autora de un delito de asesinato en concurso ideal con un delito de lesiones con instrumento peligroso, con la concurrencia de la circunstancia eximente incompleta de trastorno mental transitorio, por lo que le impuso una pena de ocho años y seis meses de prisión por el delito de asesinato.

Además, estableció otra pena de un año de prisión por el delito de lesiones dolosas, y le prohibió aproximarse a menos de 500 metros de la familia del fallecido durante el plazo de quince años, a partir de la fecha en la que la condenada abandone el establecimiento penitenciario.

La sentencia también condenó a la acusada a indemnizar a la mujer del fallecido y a sus cuatro hijos a la suma total de 140.000 euros, así como a pagar alrededor de 11.000 euros al otro individuo que acompañaba a la víctima en el momento de los hechos y que resultó también herido.

CON ALEVOSÍA

La Sala consideró a la acusado como autora de un delito de asesinato consumado, con dolo directo, "ya que es inequívoco que la acción realizada por la procesada --de rociar con gasolina al fallecido y prenderle fuego con una cerilla-- estaba presidida por un dolo de matar". En este sentido, el tribunal contempló la concurrencia de alevosía en los hechos, puesto que el fallecido no pudo defenderse y fue rociado con gasolina por sorpresa.

Asimismo, la sentencia recogió que la intencionalidad homicida de la acusada "es clara", y deduce esto "de las relaciones anteriores existentes entre la víctima y la acusada a raíz de la violación de la hija de ésta", cometida por el fallecido, hecho por el que fue juzgado y condenado y por el que se encontraba cumpliendo condena.

La sala estimó que "la acusada estuvo en la creencia de que no se había hecho justicia con su hija" y recogió las declaraciones de Mª del Carmen E.G., en las que ésta aseguró que "iba a terminar lo que había empezado hace siete años, y que a un violador no lo tenían que haber dejado nunca en libertad, y menos en su pueblo".

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