El TS confirma la absolución de dos etarras por el atentado contra Dubreuil en 2001

Señala que la Audiencia nacional actuó correctamente al no tener por buenas las declaraciones autoinculpatorias de los acusados

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 14 julio 2008 19:16

MADRID, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia dictada el pasado mes de octubre por la Audiencia Nacional que absolvió a Ibon Urrestarazu y Alaitz Iturrioz en relación con el atentado cometido en 2001 San Sebastián concejal Iñaki Dubreuil, que se saldó con dos personas muertas y otras cinco heridas.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Maza, rechaza que deban reponerse las actuaciones al momento de dictar la sentencia, tal y como solicitaba el Ministerio Público, por considerar esta parte que la Audiencia Nacional no había valorado como prueba de la declaración autoinculpatoria de los acusados.

A este respecto, el Supremo recuerda que que Urrestarazu e Iturrioz reconocieron se retractaron durante el juicio de las citadas declaraciones, en las que reconocieron haber facilitado datos trascendentes acerca de los hábitos de Dubreuil, alegando que habían sido obtenidas mediante amenazas y torturas.

Ante esta circunstancia, "el tribunal de instancia se ve obligado a cuestionarse, de modo absolutamente correcto", la necesidad de determinar cuál de las dos versiones merece mayor credibilidad, "con lo que es evidente que ha valorado tales pruebas y cumplido con la fundamental obligación tuteladora del derecho de las partes", destaca el Supremo.

Añade, que además de tomar esta decisión, el tribunal de la Audiencia Nacional que entendió de este caso remitió con posterioridad al órgano competente "para el conocimiento del procedimiento seguido por la posible colaboración o pertenencia a la banda terrorista de los acusados, los pronunciamientos relativos al valor de aquellas mismas pruebas respecto de la comisión de estos tipos penales, de contenido más genérico".

BOMBA CON CONSECUENCIAS.

El ataque con coche bomba producido en la estación de tren de Martutene el 22 de febrero de 2001 iba dirigido contra el concejal socialista de la localidad guipuzcoana de Ordizia Iñaki Dubreuil. No obstante, el dirigente del PSE tan solo resultó herido y en su lugar perdieron la vida José Ángel Santos Laranga y Jesús Leonet Azcune que en ese momento también bajaban del tren.

En su resolución, la Audiencia Nacional justificó las absoluciones en que no había quedado acreditado que las personas que colocaron el coche-bomba "hubiesen recibido información" elaborada por Iturrioz y Urrestarazu.

"Es un pueblo pequeño, en el que todos se conocen, especialmente si se trata de una persona con una cierta relevancia social, como lo es un concejal, siendo de todos conocido que iba con escolta y el hecho de que se desplazaba a pie, siendo impensables, en alguien del pueblo, errores informativos de tal calado", dice el fallo, en alusión a la no consecución de su objetivo por parte de ETA.

La sentencia explica que no se ha localizado en la documentación incautada a personas que pudieran haberse relacionado con ellos detalles sobre el hecho de que el concejal cogiera el tren de las 7 de la mañana en Ordizia y se bajara en Martutene, por lo que no es posible demostrar que los dos acusados comunicaran estos datos a miembros activos de ETA o si alguno de ellos pudo hacer uso de la información.

Los magistrados señalan que tampoco se localizó documentación alguna al respecto en el registro efectuado en el domicilio de Urrestarazu y Iturrioz, a los que se acusaba de dos delitos de asesinatos terroristas, seis de asesinato en grado de tentativa y uno de estragos terroristas.

El pasado mes de octubre la Audiencia Nacional acordó la puesta en libertad de ambos terroristas por esta causa, si bien Urrestarazu y Iturrioz permanecen todavía encarcelados al estar procesados por un delito de integración en organización terrorista por el Juzgado de Instrucción número 5, del que es titular el juez Baltasar Garzón, por el que aún no han sido juzgados.

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