El TSJ de Murcia tacha de "inadmisible" la construcción de una urbanización residencial en Puerto Mayor

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 23 octubre 2008 20:05

MURCIA 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha emitido un Auto, tras atender el informe de obras de los peritos, en el que indica que la "pretensión de Puerto Mayor de construir una urbanización para uso residencial adyacente al puerto deportivo y en terrenos de dominio público marítimo-terrestre, tal y como se contempla en los proyectos de 1975, 1988 y 2001, resulta inadmisible", según informaron fuentes del TSJ.

El motivo de ello, explican, "está bien claro en la Ley de Costas de 1988, que impide los usos residenciales en dominio marítimo terrestre".

Asimismo, el Auto autoriza realizar las obras del dique sur del puerto, porque "forma parte del proyecto inicial de 1975 y se trata de una obra imprescindible para la protección de las obras ya ejecutadas", además de los trabajos interiores del puerto, contenidos en el proyecto de 2001.

También recomiendan la ejecución del dragado del canal del Estacio, que quedó paralizado en 2005 por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, debido a que "el aterramiento sedimentario acaecido en los últimos años, con la consiguiente pérdida de calado, puede dar lugar a serios problemas para la navegación, poniendo en riesgo la seguridad de las personas y embarcaciones; así como la explotación de Puerto Menor y de otros puertos del interior de La Manga del Mar Menor".

Por otra parte, recomiendan continuar las obras suspendidas en el Auto de junio de 2005 sobre la nueva bocana del puerto [el dique de cerramiento y explanadas de la nueva bocana junto al canal del Estacio, la prolongación del tramo final del dique Sur con quiebro y el tramo de dique de cerramiento con el canal del Estacio], ya que "conforman una de las partes esenciales del mismo, tal cual es la bocana; sin ella el puerto resulta inoperativo a todos los efectos y no puede iniciarse ningún tipo de operación o explotación portuaria".

A lo que se añade "parece sensato pensar que las tres partes implicadas, Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno regional y Puerto Mayor, pudieran alcanzar un acuerdo amistoso, de interés mutuo para las partes, para finalizar las obras que falten en dicha bocana".

Y es que el Ministerio de Medio Ambiente interpuso un recurso contencioso administrativo contra el Gobierno de Murcia, solicitando al tribunal la suspensión cautelar de las obras, al entender que su prosecución podría causar daños "irreparables a la integridad del dominio público marítimo-terrestre, al medio litoral y a sus ecosistemas". Dicha solicitud, que fue atendida por la Sala, dejaron paralizadas por orden judicial las obras del Puerto Deportivo, que ya habían comenzado.

Según informó Medio Ambiente, el proyecto vigente contemplaba que "más de la mitad de la superficie a ganar al mar no se dedicaría al servicio directo de la náutica deportiva, sino a la creación de un campo de golf y a la construcción de un significativo volumen de edificaciones con destino residencial. La construcción de edificación residencial es uno de los usos y actividades expresamente prohibidos por la Ley de Costas, y un campo de golf es algo que no requiere, por naturaleza, la ocupación del dominio público marítimo-terrestre".

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