TSJPV confirma que Dignidad y Justicia se mantendrá como acusación popular en la causa contra Ibarretxe, López y Otegi

Actualizado: viernes, 13 abril 2007 16:25

Cree que está "suficientemente justificado" el interés del colectivo en la causa, "más aún" porque defiende los intereses de las víctimas

BILBAO, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

El magistrado de la Sala Civil y Penal del TSJPV Roberto Saiz ha confirmado que la asociación Dignidad y Justicia se mantendrá como acusación popular en la causa que se sigue en el alto Tribunal vasco contra Juan José Ibarretxe, y los dirigentes del PSE Patxi López y Rodolfo Ares, por reunirse con Batasuna, y en la que se encuentran también imputados los integrantes de la formación abertzale Arnaldo Otegi, Pernando Barrena, Juan José Petrikorena, Rufi Etxeberria y Olatz Dañobeitia.

A lo largo de su escrito, el juez encuentra "suficientemente justificada la concurrencia de un interés personal" del colectivo en la causa, "más aún" porque, según sus estatutos, se creó, entre otros objetivos, para "defender los intereses de las víctimas del terrorismo" o "fortalecer los valores democráticos".

En un auto de fecha 12 de abril, y hecho público hoy, el juez instructor desestima los recursos de reforma presentados a finales del pasado mes por las defensas del lehendakari, López y Ares, y los representantes de Batasuna imputados en el procedimiento, contra su decisión de admitir la personación como acusación de Dignidad y Justicia en la instrucción.

El magistrado rechaza el argumento defendido en el recurso de reforma de la representación de los imputados, que argumentaba que Dignidad y Justicia no defiende "interés común ni legítimo o personal que justifique su presencia en el proceso" y recuerda que cualquier persona física o jurídica está legitimada para ejercer de acusación popular. "No es necesario -precisa- afirmar que es el ofendido por el delito para que se le reconozca el derecho a ejercer la acción penal".

Recuerda, asimismo, que, Dignidad y Justicia ha asegurado que tiene como objetivo la "defensa de la legalidad" y la "participación en procesos seguidos contra el entorno de la banda terrorista" y que en el procedimiento "se persiguen hechos supuestamente constitutivos de delito de desobediencia cometidos por representantes de una asociación ilegalizada, suspendida en sus actividades y declarada terrorista por el Parlamento europeo, precisamente por su vinculación con la organización terrorista ETA".

Por esta causa, el juez entiende "suficientemente justificada la concurrencia de un interés personal y legítimo en la causa en la que se persona".

Agrega que "más aún", cuando los estatutos por los que se rige el colectivo aseguran que se constituye "con el objeto de defender la memoria y los intereses de las víctimas del terrorismo así como velar por su dignidad y justicia, promover el respeto a los derechos civiles y libertades fundamentales de las personas, especialmente de todos aquellos que sufren cualquier tipo de agresión derivada del terrorismo o de los que permiten estas agresiones, fomentar las virtudes cívicas, fortalecer los valores democráticos y actuar contra todo tipo de discriminación".

"SIN QUERELLA"

Además, defiende que la asociación no necesitaba presentar querella para su personación, y, en consecuencia, tampoco constituir fianza, puesto que el procedimiento penal está ya iniciado y, según diversa jurisprudencia que cita en el auto, no es preciso ese requisito.

El magistrado se refiere al argumento de las defensa de Arnaldo Otegi que consideraba, en su recurso, que se infringía el artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que obliga a las acusaciones populares a litigar conjuntamente "en un sólo proceso y, si fuera posible, bajo una misma dirección y representación a juicio del Tribunal". De esta forma, aseguraban que, al estar personado el Foro de Ermua como acusación popular, cualquier otro acusador --en este caso Dignidad y justicia-- tendría que hacer uso del mismo abogado y procurador.

Sin embargo, Roberto Saiz desestima esta alegación y argumenta que, para aceptar esta posibilidad, debería producirse "una suficiente convergencia de intereses e incluso puntos de vista", que, en su opinión, no se acredita y no sólo "algo más que una necesaria ausencia de incompatibilidad".

Finalmente, y tras la decisión recogida en el auto hecho público hoy, el proceso contará con una acusación particular ejercida por el Foro de Ermua y otra popular, Dignidad y Justicia.