Cultura destina 120.000 euros para impulsar la realización de intervenciones arqueológicas y paleontológicas

El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el próximo 9 de octubre.
El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el próximo 9 de octubre. - GOBIERNO DE NAVARRA
Europa Press Navarra
Publicado: martes, 15 septiembre 2026 9:27

PAMPLONA 15 Sep. (EUROPA PRESS) -

El departamento de Cultura del Ejecutivo foral publicó el pasado viernes en el Boletín Oficial de Navarra una nueva convocatoria de ayudas, destinada a impulsar la realización de intervenciones arqueológicas y paleontológicas en la Comunidad foral. En concreto, se reserva un importe para estas ayudas de 120.000 euros, de los que podrán beneficiarse las distintas entidades locales de Navarra.

Así, las ayudas aprobadas por el Gobierno de Navarra tienen el objetivo de sufragar distintos tipos de gastos relacionados con la puesta en marcha de este tipo de actuaciones en el ámbito territorial de las diferentes entidades locales de la Comunidad. Entre los distintos tipos de intervenciones que se consideran subvencionables, se encuentran las prospecciones arqueológicas o paleontológicas de superficie, los sondeos, las excavaciones, la reproducción y estudio del arte rupestre, y la consolidación, restauración, restitución y protección de bienes inmuebles de valor arqueológico o paleontológico.

Las intervenciones deben haberse realizado durante el año 2026 en el territorio de la Comunidad foral. La cuantía a conceder para cada intervención será, como máximo, del 75% del presupuesto aceptado, y en ningún caso el importe de la subvención para cada solicitud superará los 14.000 euros.

Las solicitudes deben presentarse de manera telemática, a través de la ficha correspondiente del Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra. El plazo de presentación estará abierto hasta el próximo viernes, 9 de octubre.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán subvencionables a efectos de esta convocatoria los gastos del personal que se dedique a la realización en campo de la actividad subvencionada, así como los relacionados directamente con la realización de la actividad arqueológica o paleontológica, como el alquiler de equipos o la adquisición de materiales y consumibles.

También se subvencionarán gastos destinados al cierre, protección o recuperación de yacimientos o restos excavados, así como las dietas y desplazamientos del personal interviniente o los costes indirectos que se realicen de forma efectiva y resulten necesarios para la realización de la intervención.

Por el contrario, no se subvencionarán en ningún caso los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales o registrales; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos personales sobre la renta; las inversiones en bienes destinados a la creación o adquisición de bienes de capital y los de naturaleza inventariable; o la adquisición de terrenos.

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