Archivo - La vicepresidenta tercera del Gobierno de Navarra y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro. - Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo
PAMPLONA 11 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno de Navarra ha recordado a los fondos de inversión el "derecho preferente" de la Administración en la adquisición de vivienda mediante el denominado tanteo y retracto. Para ello el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias ha contactado con los fondos Building Center, Catella y Testa Home, así como con el Colegio Notarial de Navarra y el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, para recordar que, tras la reciente modificación normativa, este derecho incorpora también a aquellas viviendas que hayan perdido la protección en los últimos diez años, la persona propietaria sea considerada gran tenedora, y estén situadas en una localidad declarada Zona de Mercado residencial Tensionado.
A través de una carta, el Ejecutivo foral ha recordado la obligatoriedad de comunicar cualquier operación de venta que se efectúe sobre viviendas que cumplan estos tres requisitos, solicitando la colaboración para poder ejercer este derecho en las operaciones que se efectúen. Asimismo, para facilitar la venta de viviendas en estos casos, se ha abierto una ficha en el catálogo de servicios de Gobierno de Navarra a fin de facilitar el trámite.
Según explica el Ejecutivo foral en un comunicado, el derecho de tanteo y retracto en Navarra es la capacidad legal que tiene la Administración para comprar una vivienda con prioridad frente a cualquier otra persona. Además de en las situaciones ya mencionadas, este derecho de adquisición preferente se puede ejercer sobre viviendas protegidas y en determinados casos especiales, como viviendas procedentes de ejecuciones hipotecarias o venta de edificios o conjuntos de viviendas.
El tanteo se refiere al aviso previo que debe dar la persona propietaria de esa vivienda al Gobierno de Navarra antes de la venta y ante el que la administración puede decidir si compra el inmueble por el mismo precio y condiciones pactadas. En este caso la Dirección General de Vivienda dispone de un plazo de sesenta días desde que se notifica la transmisión para ejercitar este derecho. El retracto, por su parte, se refiere al derecho de la Administración a actuar después de la venta y se aplica si la persona propietaria vende el piso sin avisar a la Administración o por un precio diferente al notificado.
A través de esta figura el Gobierno de Navarra busca ampliar el parque público de vivienda. En lo que va de año departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias ha tramitado la adquisición de 60 viviendas de diferentes puntos de la geografía navarra gracias a una inversión presupuestada para este año de 8,5 millones de euros.