MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, en segunda vuelta, la reforma de la Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, que regula las imágenes creadas con Inteligencia Artificial (IA) o 'deepfakes' sin autorización y los denominados 'true crimes', entre otras cuestiones.
Así lo ha indicado el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. El texto sustituye a la ley vigente, que data de 1982, y es una norma prevista en 'Plan de Acción por la Democracia', que ahora será remitida al Congreso para continuar con el trámite parlamentario.
En su intervención, Bolaños ha explicado que la ley "se ha enriquecido durante estos meses de tramitación con todos los informes perceptivos" y ha agradecido al Consejo General de Poder Judicial, al Consejo Fiscal, a la Agencia Española de Protección de Datos, al Consejo de Estado, al Consejo de Consumidores y Usuarios que han hecho aportaciones que "han mejorado, sin duda, la norma".
El ministro de la Presidencia también ha afirmado que con esta ley se pretende "devolver el poder sobre su propia imagen a las personas y a los ciudadanos y quitarles parte de ese poder a los grandes oligarcas tecnológicos".
Según ha indicado Bolaños, la nueva norma viene a cumplir varios objetivos: adaptar la ley a los cambios legislativos que se han producido en materia de propia imagen, honor e intimidad desde el año 1982; actualizar la legislación a la evolución de las nuevas tecnologías; reforzar la protección de personas con discapacidad; regular el testamento digital y proteger a los menores de edad.
Respecto a los denominados 'true crime', el ministro ha señalado que con esta norma es "irrelevante" que el autor del delito quiera provocar un daño a la víctima u obtener un beneficio económico. "Si hay una afectación al derecho al honor, a la intimidad o a la imagen de la víctima, será una injerencia ilegítima y, por tanto, permitirá que se adopten medidas judiciales, cautelares o de fondo para suspender la comercialización de cualquier serie de televisión, libro o cualquier elemento audiovisual que esté en debate", ha apuntado.
Por primera vez, también se considera ilegítimo el uso de la voz o la imagen de una persona sin su autorización con fines publicitarios o comerciales empleando la inteligencia artificial o tecnologías similares, como los conocidos 'deepfakes'.
"Se mantiene un equilibrio razonable en materia de libertad de expresión y libertad creativa", ha declarado, para después añadir que se podrá utilizar en contextos creativos, satíricos, de ficción.
Asimismo, se podrá usar sin que sea necesario hacer expresa mención a que se está utilizando una tecnología como la inteligencia artificial, "cuando el contexto sea claramente satírico, claramente recreativo, claramente de ficción".
HECHOS DE RELEVANCIA PÚBLICA
Entre las novedades sobre el consentimiento, el ministro ha destacado que "nadie" podrá utilizar las imágenes que se utilizan en las redes sociales personales para "ponerlas en otro contexto alejado de la finalidad que uno tenía cuando la cuelga en su propia red social". La excepción que la ley prevé para su uso es "cuando esas imágenes se limiten a hechos de relevancia pública".
En materia de protección de menores, la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento sobre la propia imagen se fija en 16 años. "Cuando el consentimiento se produzca por un menor que tenga 16 años o 17 años, tampoco servirá para justificar cualquier actuación con ese consentimiento. Es decir, que seguirá habiendo una intromisión que sea ilegítima en el honor de esa persona si resulta contrario al interés de ese menor", ha matizado.
El Ministerio Fiscal será parte en todos los procedimientos que tengan que ver con menores en los procesos de protección del derecho al honor, derecho a la intimidad personal o familiar y a la propia imagen, según ha precisado.
En relación con las personas fallecidas, a través de su testamento, la persona podrá dejar constancia de la prohibición de utilizar su imagen o su voz con fines publicitarios, comerciales o análogos. Se regula que se ha de designar una persona para que pueda autorizar esos usos una vez que se haya producido el fallecimiento del testador.
"Pretendemos dar respuesta a una realidad que cada vez está más presente en nuestra sociedad, que es que la tecnología permite recrear imágenes, voces con un grado de realismo tal que es indistinguible de la realidad", ha declarado.
INDEMNIZACIONES
Por otro lado, se regulan los criterios para ponderar las indemnizaciones: "la vulneración de uno o más derechos fundamentales de la persona afectada; la gravedad de las expresiones; los actos propios; el prestigio de los medios donde se hayan difundido --obviamente no es lo mismo unos medios que pseudomedios--; o la prolongación de esa intromisión ilegítima en el tiempo".
También se prohíben las indemnizaciones simbólicas y se contempla como posibilidad que se pueda publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la identidad del condenado, el derecho fundamental vulnerado y el importe de la indemnización por la intromisión, siempre que se solicite.
"Ponemos freno a algunas prácticas que son relativamente frecuentes donde hay oligarcas, hay depredadores de lo digital en redes, que se apropian indebidamente de derechos de las personas y nosotros estamos con la ciudadanía para proteger y defender sus derechos", ha declarado Bolaños.
Finalmente, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, ha asegurado que "esta nueva norma actualiza la legislación vigente para hacer frente a los retos de las redes sociales y de la inteligencia artificial".