Gobierno enviará próximamente al Consejo de Estado el reglamento de asilo

Fachada del Congreso
EUROPA PRESS
Europa Press Sociedad
Actualizado: miércoles, 27 mayo 2015 20:37


MADRID, 27 May. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno enviará "próximamente" al Consejo de Estado el reglamento de derecho de asilo pendiente desde 2009, según ha confirmado el diputado del PP, Juan Carlos Grau, en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados.

Precisamente, esta comisión parlamentaria ha dado luz verde a una iniciativa del PSOE que instaba al Gobierno a proceder al desarrollo reglamentario de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la de protección subsidiaria pendientes desde la aprobación de la norma en 2009.

La iniciativa ha contado con el apoyo del PP porque se ha introducido, vía enmienda, que se apruebe ese reglamento en cuanto el Gobierno tenga todos los informes de los órganos consultivos. Así, Grau ha explicado que el Ejecutivo ya ha enviado al CGPJ dicho reglamento y próximamente lo mandará al Consejo de Estado.

Los socialistas explicaban en su iniciativa que la disposición final tercera de la Ley autoriza al Gobierno a dictar, en el plazo de seis meses, cuantas disposiciones de carácter reglamentario exija el desarrollo de esa Ley.

"Transcurridos casi seis años desde la aprobación de la Ley, teniendo en cuenta el carácter social y humanitario de los temas que aborda y la necesidad de dar respuestas a la amplia problemática que afecta a los refugiados, resulta indispensable, para una correcta y leal aplicación de la Ley, que el Gobierno proceda a dictar un Reglamento que dé respuesta a todas aquellas medidas que para su completa implementación requieren de un desarrollo de las previsiones legales", defiende el PSOE.

Así, insiste en que la Ley remite en su articulado más de 15 veces al desarrollo reglamentario y, por ejemplo, en el artículo 31 recoge que los servicios de acogida, su definición, disponibilidad, programas y servicios, específicamente destinados a aquellas personas que soliciten protección internacional, se determinarán reglamentariamente por el Ministerio competente para atender las necesidades básicas de estas personas.

También apunta al artículo 32, que recoge que las personas solicitantes de protección internacional serán autorizadas para trabajar en España en los términos que reglamentariamente se establezcan. "Todas esas cuestiones mencionadas afectan de manera trascendental a las personas que solicitan en España protección internacional", apostilla.

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