Actualizado 13/04/2007 16:48

Consejo.- El Gobierno limita a "órganos jurisdiccionales competentes" la competencia para cerrar páginas web

Remite al Parlamento el proyecto de Ley de Impulso a la Sociedad de la Información


MADRID, 13 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha decidido finalmente limitar a los "órganos jurisdiccionales competentes" la competencia para cerrar páginas web, tal y como recoge el proyecto de Ley de Impulso a la Sociedad de la Información, que el Consejo de Ministros aprobó hoy para su remisión al Parlamento.

En anteriores borradores se había hablado de la posibilidad de dar esta competencia a la Sociedad General de Autores (SGAE) lo que suscitó criticas del sector al entender que una entidad privada no debe decidir qué tipo de información debe bloquearse.

El texto del proyecto establece que la autorización de la restricción de páginas de Internet, cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en el artículo 20 de la Constitución, sólo podrá ser ejercida por los "órganos jurisdiccionales competentes".

Así, el proyecto pretende aclarar la regulación del deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación para los supuestos en que un órgano competente ha decidido, de acuerdo con su propia normativa, que hay que interrumpir o bloquear un servicio.

AGILIZAR Y FORTALECER LA ECONOMÍA.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo que el impulso a las nuevas tecnologías agilizará y fortalecerá la economía española.

"Es una herramienta muy eficaz para avanzar en ese camino, que propiciará que los datos y el conocimiento circulen más rápido y que su acceso sea más fácil y barato para todos --añadió--. También agilizará las relaciones entre las empresas y los consumidores y entre los ciudadanos y la administración. Además, protegerá los derechos de los ciudadanos excluídos hasta ahora del uso de la banda ancha, puesto que se extenderá la banda ancha a todo el territorio nacional antes del 31 de diciembre de 2007".

Este proyecto se enmarca dentro del Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la información y de convergencia con Europa y entre las Comunidades y Ciudades Autónomas (Plan Avanza). En concreto, el proyecto efectúa modificaciones de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y de la Ley de Firma Electrónica.

Esta revisión del ordenamiento jurídico se completa con otras modificaciones menores de la Ley General de Telecomunicaciones y de la Ley de ordenación del comercio minorista.

Entre las principales novedades del Proyecto de Ley destacan las siguientes: eliminación de las barreras existentes a la expansión y uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones; garantía de los derechos de los ciudadanos en la Sociedad de la Información; innovaciones normativas en materia de facturación electrónica y de refuerzo de derecho de los usuarios; y modificaciones normativas en materia de Sociedad de la Información, firma electrónica, telecomunicaciones y ordenación del comercio minorista.

MEDIOS DE INTERLOCUCIÓN ELECTRÓNICA.

El Proyecto de Ley impone a las grandes empresas (aquellas con más de cien empleados o un volumen de operaciones superior a los seis millones de euros), que presten servicios al público considerados como de especial trascendencia económica (electricidad, agua y gas, telecomunicaciones), la obligación de facilitar un medio de interlocución telemática con sus clientes, basado en certificados reconocidos de firma electrónica y, en particular, en el DNI electrónico.

En línea con esta medida, se modifica la Ley de Ordenación del Comercio Minorista con el fin de respaldar la nueva obligación de disponer de un medio de interlocución electrónica para los servicios al público de especial trascendencia económica.

Igualmente, prevé la elaboración de un plan por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en colaboración con el Ministerio de Economía y Hacienda, para la generalización del uso de la factura electrónica en España y actuaciones de fomento de la normalización y de la interoperabilidad entre diferentes formatos. Este plan completa la obligatoriedad de la factura electrónica prevista en el Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público, actualmente en tramitación.

También introduce novedades y ajustes en la regulación actual con el objetivo de facilitar la actividad económica por Internet, como la regulación mínima de las subastas electrónicas entre empresas (B2B), así como la flexibilización de las obligaciones relativas a las comunicaciones comerciales y a los requisitos para la contratación por vía electrónica, en particular, para su adecuación a la telefonía móvil de datos y a otros servicios similares.

También clarifica de las reglas de valoración de la firma electrónica en juicio y flexibilización de la obligación de los prestadores de servicios de firma electrónica de comprobar los datos inscritos en registros públicos, con el fin de eliminar cargas excesivas.

SEGURIDAD EN LA RED.

Por otro lado, el texto obliga a los proveedores de acceso a Internet a informar a sus usuarios sobre medios técnicos que permitan la protección frente a los problemas de seguridad en Internet (virus informáticos, programas espías, "spam") y sobre las herramientas para el filtrado de contenidos no deseados. Asimismo, los prestadores de servicios deberán informar a sus clientes sobre las medidas de seguridad que apliquen en la provisión de sus servicios.

Adicionalmente, el Gobierno elaborará un nuevo plan de actuaciones para la mejora de los niveles de seguridad y confianza en Internet, que incluirá medidas frente a códigos maliciosos, correos electrónicos no solicitados "spam" y mensajes engañosos o fraudulentos "phising".

En materia de accesibilidad, las páginas de Internet de las Administraciones Públicas satisfarán el nivel medio de accesibilidad, según los criterios de accesibilidad generalmente reconocidos, antes del 31 de diciembre de 2008. Este mismo requisito será aplicable a las páginas con financiación pública, de las empresas que gestionen servicios públicos y a la obligadas a facilitar un medio de interlocución telemática con sus clientes.

INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS.

Por otra parte, el Proyecto de Ley tipifica de manera expresa como infracción administrativa la vulneración por parte de los operadores de los derechos de los consumidores y usuarios en el ámbito de las telecomunicaciones. A su vez, establece que la entidad Red.es adoptará las medidas necesarias para asegurar que puedan asignarse nombres de dominio ".es" que contengan caracteres propios de las lenguas españolas distintos de los incluidos en el alfabeto inglés, como la "ñ" o la "ç", en un plazo máximo de tres meses de la entrada en vigor de la Ley.

Con el fin de facilitar la elaboración de estadísticas y de indicadores, se atribuye al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la facultad de recabar de los agentes que operan en el sector de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) de la información necesaria.

Finalmente, fija la obligación de que en la elaboración de los proyectos de obras de construcción de nuevas carreteras o de nuevas infraestructuras ferroviarias se prevea la instalación de canalizaciones para el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas a la largo de toda la longitud de las mismas, así como del equipamiento para asegurar la cobertura de comunicaciones móviles en todo su territorio.

Ficod 2008