Un juez condena a Air Europa a indemnizar a una familia por daños morales en un caso de overbooking

Avión De AirEuropa
AIREUROPA
Actualizado: martes, 28 junio 2016 19:34

MADRID, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

Un juez condena a Air Europa a indemnizar a una familia por daños morales, tras el recurso de la afectada a FACUA Madrid por verse obligada a cambiar su vuelo Madrid-Lisboa en mayo de 2013, al presentar éste overbooking, según informa la organización en un comunicado.

Así lo estipula una sentencia del Juzgado Mercantil 11 de Madrid, donde se establece que cada uno de los cinco pasajeros deberán ser compensados con 250 euros, tal y como establece la normativa, además de con otros 500 adicionales por "tensión, incomodidad y molestias" sufridas por tener que posponer su viaje 24 horas.

Nuria A.M., socia de FACUA Madrid, resultó afectada por un exceso de reservas imputable a la compañía en un vuelo Lisboa-Madrid en mayo de 2013. Junto a ella, sus cuatro acompañantes: un bebé, otros dos menores de edad y otro familiar de avanzada edad.

Tras notificarle Air Europa que el vuelo tenía overbooking, a la afectada sólo se le ofreció volar ella y los tres menores en ese mismo vuelo, pero debiendo la otra persona restante tomar uno posterior, operado por otra compañía. La usuaria se negó, tomando un avión al día siguiente y pernoctando una noche más en Lisboa, sin recibir asistencia por parte de Air Europa.

Nuria acudió a la asociación, que gestionó la reclamación y señaló que la compañía incumplía su propia normativa, que recoge: "no está permitido que un adulto viaje con dos o más bebés, salvo que otra persona mayor de edad, a petición del primero, se haga cargo de los niños menores". FACUA Madrid decidió acudir a los tribunales e interponer una demanda de juicio verbal para solicitar la indemnización correspondiente por los cinco pasajeros.

Así, la sentencia dictamina que "dos pasajeros adultos, uno de edad avanzada, con dos niños y un bebé, impide considerar que la denegación se realizó con respecto a uno de ellos, al resultar inviable el traslado por separado", por lo que procede "una indemnización de 250 euros para cada uno de los pasajeros cuyo embarque fue denegado", esto es, la cuantía que establece la normativa europea ante denegaciones de embarque en vuelos de hasta 1.500 kilómetros.

El fallo considera además los "daños morales" sufridos por Nuria y su familia. Por ello, el juez ordena a Air Europa al pago de una indemnización adicional de 500 euros. En total, la aerolínea queda obligada a compensar con 1.750 euros más intereses a Nuria y a su familia. La sentencia, contra la que no cabe recurso, condena también en costas a la compañía.

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