El buque Sovereign de Pullmantur en el Puerto de Málaga - PUERTO DE MÁLAGA
MADRID, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -
Puertos del Estado ha publicado una modificación en la regulación del procedimiento integrado de información en la escala de buques en los puertos de interés general españoles, según publica hoy el Boletín General del Estado (BOE).
Se ajusta así a la directiva de la Unión Europa que tiene como objetivo modernizar y poner al día los instrumentos y medios adecuados para que las autoridades competentes dispongan de información "veraz y actualizada" sobre las personas a bordo de los buques y que los datos correspondientes a dichas personas sean comunicados a través de la ventanilla única nacional marítimo portuaria.
Así en la parte de datos complementarios de la declaración única de escala, en lo referido a identificación de pasajeros por cada pasajero tendrá que indicarse: el nombre y apellidos, la nacionalidad indicando el país con el código de dos letras ISO 3166, la fecha y el lugar de nacimiento y el indicador de sexo masculino (M) o femenino (F).
Además se deberá indicar el puerto de embarque y el puerto de desembarque previsto, mediante un código de cinco dígitos según la codificación UN/LOCODE de puertos marítimos.
También se incluyen entre los datos solicitados el tipo de documento de identificación, el número del documento de identificación, la fecha de caducidad del documento y el número de visado, indicando las siglas del Estado de expedición, en caso necesario para acceso a España.
El documento también debe incluir los datos, voluntariamente comunicados por el interesado, acerca del cuidado o asistencia especiales que, en situaciones de emergencia, pueda necesitar el pasajero, así como un número de contacto facilitado voluntariamente por el pasajero para casos de emergencia.