Jaén.- Tribunales.- Perito fija como causa de la muerte de Rocío Estepa el taponamiento de las vías respiratorias

Actualizado: martes, 18 noviembre 2008 15:25

JAÉN, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -

El forense que examinó el cadáver de Rocío Estepa señaló hoy como causa más probable de la muerte de esta joven maestra el taponamiento de sus vías respiratorias, es decir, que bien con las manos bien con algún objeto se impidió la salida del aire de tal modo que los alveolos le estallaron.

En el juicio, que afrontó hoy su segunda sesión en la Audiencia Provincial de Jaén, este experto señaló que tampoco se puede negar que hubiera estrangulamiento, aunque esto no fuera lo que provocó su muerte. Por ello, explicó que lo más probable es que la víctima sufriera ambos "mecanismos combinados" y que primero intentara estrangularla para después obstaculizar la salida de aire por la boca y la nariz, algo en lo que "seguramente" usó algún medio como una almohada o la propia colcha de la cama.

Este perito también detalló que habitualmente las muertes que se producen por insuficiencia respiratoria aguda atraviesan diversas fases. Primero, la falta de oxígeno en los pulmones hace que tampoco llegue al cerebro que, al requerir este elemento, desconecta y la persona entra en un estado de inconsciencia. Si se mantiene la falta de oxígeno, se pone en marcha un mecanismo de convulsiones y, tras estas sacudidas, comienzan a parar órganos vitales como el corazón o los riñones.

En general, este proceso puede durar entre cinco y diez minutos y para conseguir la muerte de la víctima "hay que mantener la presión", ratificó este experto a preguntas del representante del ministerio fiscal, al que también respondió que la persona que ejerce la presión si está todo en un contexto de una pelea puede que no se dé cuenta de que la víctima está convulsionando.

De igual modo, no dudó en afirmar que, en base a toda su experiencia profesional, la muerte por asfixia es una de las que "más agonía" generan en las personas que la sufren. "Es un proceso que hasta la muerte puede ser bastante duro", ratificó.

En la sesión de hoy depusieron más peritos que, entre otras cuestiones, ratificaron que el esperma que se encontró en la zona vaginal de Rocío Estepa así como los restos biológicos que había en sus uñas se corresponden con los del acusado, que en su testimonio negó haber mantenido relaciones sexuales con la joven ese día.

Tras la jornada de hoy, el juicio se retoma mañana con la exposición de los informes de las partes personadas en el proceso, que no son otras que el ministerio fiscal, la Junta de Andalucía, la Abogacía del Estado, las acusaciones particulares que representan a los dos hermanos de la fallecida y el procesado.

En la primera sesión de la vista declaró el acusado, quien sostuvo que no quiso matar a esta joven maestra sevillana y declaró que, de hecho, él la "quería mucho". Este hombre, Martín Javier O., explicó que el día de los hechos ambos se enzarzaron en una fuerte discusión "a voces y a gritos" en la que se hicieron reproches mutuos hasta que, en un momento dado, le puso sus manos sobre su cara --"para que me escuchara", alegó-- mientras que ella estaba sentada en la cama y él de pie.

"Cuando me di cuenta mis manos estaban en su cuello, no recuerdo si apreté ni cuándo ni cómo", relató el procesado, quien recalcó que "de pronto" se dio cuenta de que la mujer "no se movía", tras lo que señaló que se le vino "el mundo abajo". "Solo recuerdo mis manos en sus mejillas y, de pronto, en su cuello", sostuvo ante los nueve miembros del jurado, integrado por una mujer y ocho hombres.

CALIFICACIONES.

Para el ministerio fiscal, este hombre es responsable de un delito de homicidio por el que pide que sea condenado a 15 años de prisión, calificación que comparten tanto la Abogacía del Estado como el letrado de la Junta de Andalucía.

Por su parte, las acusaciones particulares, que representan a los dos hermanos de Rocío Estepa, consideran que este caso "no es un simple homicidio", sino que se encuadra en un delito de asesinato en el que se da la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal de parentesco y, por todo ello, reclaman una pena de 20 años de cárcel.

Finalmente, la defensa entiende que su cliente es responsable de un delito de homicidio en el que aplica la atenuante de arrebato por lo que solicitan que la pena privativa de libertad sea de tres años.