Una trabajadora de la empresa de limpieza de Sevilla Lipasam
EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
Actualizado: lunes, 27 marzo 2017 9:41

El alcalde habría esgrimido "dos sentencias" contrarias a los extrabajadores y ellos avisan de que son susceptibles de recurso

SEVILLA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El colectivo que protesta cada día ante el Ayuntamiento de Sevilla, después de haber prestado servicios intermitentes entre 2013 y 2016 para la sociedad municipal Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam), y no ser objeto de nuevas contrataciones, ha celebrado recientemente una reunión con el alcalde, Juan Espadas, en demanda de que "arregle" su situación, a través de su inclusión en el cupo de trabajadores no fijos por tiempo discontinuo de la citada empresa.

La reunión, según han informado a Europa Press fuentes del colectivo, se celebró el pasado 17 de marzo, si bien el encuentro apenas duró "15 minutos", dado que el primer edil, acompañado de la gerente de Lipasam, Virginia Pividal, habría puesto sobre la mesa "dos sentencias" que según el Gobierno local socialista, descartarían todo "vínculo" entre estos extrabajadores eventuales y la empresa municipal. "Evidentemente, habría que recordar a Espadas que ante toda sentencia, cabe apelación", avisa el colectivo.

Este grupo de 60 personas, recordémoslo, ha trabajado periódicamente en Lipasam entre 2013 y 2016, mediante contratos eventuales relacionados con los refuerzos y servicios extraordinarios de la empresa municipal. La contratación eventual de estos trabajadores derivaba de la suspensión del proceso selectivo emprendido en 2013 por Lipasam, para constituir una nueva bolsa de empleo temporal de peones, a cuenta de un litigio judicial promovido precisamente por el comité de empresa.

El portavoz del comité de empresa de Lipasam, Antonio Bazo (CCOO), manifestaba al respecto, en declaraciones a Europa Press, que los sindicatos impugnaron esta bolsa de empleo en defensa de cerca de 400 personas que habían formado parte de la anterior bolsa de empleo y que las autoridades pretendían que concurriesen a la convocatoria de pruebas relativa a la nueva bolsa de empleo, para seguir siendo objeto de las contrataciones temporales de Lipasam.

El comité de empresa, en ese sentido, reclamaba que a estos miembros de la anterior bolsa de empleo, "dados los años que venían prestando servicios, se les reconociese la condición de trabajadores fijos discontinuos".

EL ACUERDO DEL SERCLA

Finalmente, el asunto quedó desbloqueado gracias a un acuerdo en el seno del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla). Merced a dicho acuerdo, en agosto de 2016 fue constituida definitivamente la nueva bolsa de empleo temporal de peones, formada por 600 personas, y después 330 trabajadores que habían pertenecido a la anterior bolsa de empleo de 2005, para la cual no habrían mediado pruebas selectivas, eran reconocidos como empleados "indefinidos no fijos por tiempo discontinuo".

Fruto de toda esta concatenación de hechos, y con las contrataciones temporales de Lipasam ya a través de los trabajadores indefinidos no fijos y la bolsa de empleo de 2013, cuyos miembros protestan por caer la mayoría de las contrataciones en favor de los primeros pese a haber accedido éstos a Lipasam sin proceso selectivo alguno, los trabajadores eventuales contratados entre 2013 y 2016 critican su "exclusión" de las contrataciones eventuales de Lipasam.

De cualquier modo, después de que el alcalde hispalense exhibiese las dos mencionadas sentencias ante el colectivo de extrabajadores eventuales, los mismos recuerdan que la reunión celebrada el pasado 17 de marzo estaba "pendiente" desde finales de octubre de 2016, con lo que "Espadas estaba esperando el momento" de contar con las resoluciones judiciales. "De ahí el dilatar en el tiempo todo tipo de acuerdo", opinan.

Al respecto, el colectivo insiste en su idea de que el acuerdo en el Sercla que puso fin al litigio derivado de la impugnación de la creación de la nueva bolsa de peones puede ser "de aplicación" en su caso.

EL CONVENIO COLECTIVO

"La transformación de contratos temporales al amparo de las previsiones establecidas en el convenio colectivo, siempre que concurran los requisitos legales exigidos en el mismo, no requiere de la autorización establecidas en las leyes presupuestarias para la contratación ex novo de trabajadores indefinidos al no estar ante nuevas contrataciones de personal, sino ante una modificación de la naturaleza del contrato de trabajo, sin incremento alguno de la plantilla de la empresa", defienden los extrabajadores eventuales, recordando su vinculación a la plantilla de Lipasam al entrar en vigor el actual convenio colectivo en enero de 2016.

"Seguimos a la espera de que Espadas tenga voluntad de arreglar este conflicto, ya que es el único que a día de hoy parece que no le interesa llegar a un acuerdo", reiteran los trabajadores.

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