CANTABRIA.-Los centros de recogida de animales de compañía abandonados pueden obtener ayudas de Ganadería

Perros de la residencia canina de la Diputación, en Alhaurín de la Torre
EUROPA PRESS/DIPUTACIÓN DE MÁLAGA
Actualizado: viernes, 14 junio 2013 16:35

La Consejería destina 20.000 euros a estas ayudas


SANTANDER, 14 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los centros de recogida de animales de compañía abandonados podrán obtener ayudas de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, que destina a este fin y para este año 20.000 euros.

Podrán beneficiarse de ellas las Asociaciones de Protección de Animales legalmente constituidas y sin ánimo de lucro, que tengan formalizado un convenio o acuerdo de colaboración con las entidades locales para la recogida de animales de compañía abandonados y que reúnan, además, otros requisitos especificados en la Orden publicada por el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), el pasado martes.

Según recuerda el Gobierno en un comunicado, la Ley de Cantabria de Protección de los Animales contempla la obligación de mantener a los animales domésticos en instalaciones que reúnan las condiciones higiénicas y sanitarias adecuadas, corriendo dicha responsabilidad a cargo de los ayuntamientos o, en su caso, concertar la realización de un servicio con asociaciones de protección y defensa de los animales.

En cualquier caso, las instalaciones de recogida de animales abandonados deberán cumplir los requisitos establecidos reglamentariamente.

Estas subvenciones que otorga la Consejería van destinadas a la mejora o acondicionamiento de centros de recogida de animales de compañía abandonados, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones existentes en materia de higiene y bienestar animal, así como establecer la convocatoria para el año 2013 con la finalidad de que, una vez realizadas las mejoras, el recinto cumpla con la normativa para ser inscrito como núcleo zoológico.

El plazo máximo para la presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día 12, miércoles, día siguiente al de la publicación de la Orden en el BOC.

En la Orden que las regula se contemplan diferentes tipos de ayudas y cuantías. Se consideran actividades subvencionables las inversiones en bienes inmuebles, excluida la compra de tierras, incluyendo la adaptación o ampliación de las instalaciones existentes; la adquisición de maquinaria auxiliar, material y equipamiento para la gestión y manejo de los animales, y los gastos en alimentación y tratamientos sanitarios preventivos.