Cultura convoca 2,5 millones en ayudas para la distribución de largometrajes y cortos españoles, de la UE e Iberoamérica

Actualizado: martes, 24 marzo 2015 13:19

MADRID, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ha convocado ayudas para la distribución de películas de largometraje y conjuntos de cortometrajes españoles, comunitarios e iberoamericanos para 2015 por un importe máximo de 2,5 millones de euros, según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La resolución tiene por objeto convocar para este ayudas para la distribución de películas de largometraje y conjuntos de cortometrajes españoles, comunitarios e iberoamericanos que hayan sido calificados en España durante 2013 y 2014, siempre que la distribución en España haya sido realizada antes de los 30 días naturales siguientes a la fecha de finalización de presentación de solicitudes, en una serie de modalidades.

Así, contempla una ayuda general, destinada a la distribución de películas en salas de exhibición, principalmente en versión original; así como una ayuda especial, destinada a la distribución de películas que incorporen sistemas de audiodescripción para personas ciegas y con discapacidad visual, y sistemas de subtitulado especial para personas sordas y con discapacidad auditiva.

Podrá concederse hasta un 20% del crédito presupuestario disponible en concepto de ayudas a la distribución de conjuntos de cortometrajes; y se reservan 2.300.000 euros para la ayuda general, mientras que 200.000 euros se reservan para la ayuda especial. Si no se concedieran ayudas de esta modalidad por la cantidad indicada, el remanente se añadirá al montante reservado para la ayuda general.

El importe de la ayuda general no podrá superar el 50% de los gastos de publicidad y promoción, del coste del tiraje de copias y, en su caso, del subtitulado, con el desglose contenido en la solicitud, a cargo del distribuidor solicitante relativos a la distribución de la película para la que se solicita la ayuda.

Mientras, el importe de la ayuda especial no podrá superar el 60% de los costes en los que haya incurrido el distribuidor solicitante por el uso de los medios técnicos y recursos necesarios utilizados para acercar las películas a colectivos con discapacidades en los soportes o sistemas de que se trate, con el desglose contenido en la solicitud, relativos a la distribución de la película para la que se solicita la ayuda.

En ambos casos, la cuantía máxima de la ayuda será de 150.000 euros por película beneficiaria y el plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOE.

Podrán resultar beneficiarios de estas ayudas las empresas distribuidoras inscritas previamente como tales en la Sección Segunda del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (RAECA). A la ayuda general podrán
optar exclusivamente empresas distribuidoras de carácter independiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.ñ) de la Ley 55/2007, entre otros requisitos.

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