Actualizado 01/09/2015 13:45

Incumplir la obligación de dar asilo puede suponer la imputación por crimen internacional

Se compromete a poner "incondicionalmente todos los recursos humanos precisos" para la asistencia jurídica a refugiados

MADRID, 1 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía Española recuerda que los países miembros de la Unión Europea tienen la obligación de dar asistencia a los refugiados y a las personas desplazadas en cumplimiento del derecho comunitario y la negativa a acatarlo "puede dar lugar a la imputación del Estado responsable de un crimen internacional".

Conforme explica, España, junto con los demás países de la Unión, "debe apoyar y poner en práctica las decisiones de las instituciones de la Unión Europea dirigidas a solucionar, o al menos paliar, los efectos de la crisis migratoria actual" que ha provocado el desplazamiento de miles de personas que necesitan protección.

La institución detalla el cuerpo jurídico que recoge la obligación de los Estados miembros de responder al derecho de toda persona en caso de persecución a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que, en el caso particular de España, está recogido en el artículo 13.4 de la Constitución y desarrollado en la Ley de Asilo.

Según expone, el artículo 18 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE garantiza este mismo derecho dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con el Tratado de la Unión Europea y con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

La UE, en desarrollo de todo ese conjunto de derechos, "ha fijado un cuerpo de rigurosas normas comunes que constituye lo que denomina Sistema Europeo Común de Asilo (SECA)", tal y como explica la Abogacía, conformado por la Directiva sobre procedimientos de asilo, la Directiva sobre condiciones de acogida, la Directiva sobre requisitos, el Reglamento de Dublín y el Reglamento Eurodac.

A estas normas, se suma la Directiva sobre protección temporal en caso de personas desplazadas y medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas (D. 2001/55/CE), "que en la crisis migratoria actual puede jugar un papel decisivo", tal y como recuerdan los abogados.

"La negativa a acatar el derecho de la UE no solo pone en peligro las bases jurídicas de la misma, y en particular el derecho a la libre circulación de personas, sino que su violación, en especial si se aplica a un número amplio de personas como en la presente crisis migratoria, puede dar lugar a la imputación del estado responsable de un crimen internacional", advierte.

COMPROMISO DE LOS ABOGADOS

Para la Abogacía, "la UE se juega en esta crisis, quizás como nunca antes, su credibilidad como espacio de respeto de los Derechos Humanos". "Las instituciones europeas no sólo deben ser escrupulosas con el cumplimiento de las obligaciones financieras de los estados miembros sino también, y esencialmente, en la defensa e impulso de los derechos reconocidos en los Tratados y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Todos y todas estamos comprometidos en dicha tarea. No caben excusas", expone.

En este sentido, anuncia que ha puesto "incondicionalmente al servicio de esta tarea todos los recursos humanos precisos para hacer efectiva la asistencia jurídica a las personas desplazadas y refugiadas". Se darán instrucciones desde la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española a los diferentes Servicios de Asistencia Jurídica de los Colegios de Abogados especializados en extranjería y asilo para ello.

Por otra parte, insta al ACNUR y a la Subdirección General de Asilo del Ministerio del Interior a coordinar "en los próximos días" las acciones de protección más urgentes.

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