El juez deniega los EREs en las empresas vizcaínas de Lember y Grafman, que pretendían la extinción de 31 empleos

Actualizado: miércoles, 11 noviembre 2009 15:04

Cree que "no se acredita la causa objetiva", porque no se aportan cuentas anuales y censura la inclusión de dos delegados en el ERE

BILBAO, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha denegado los EREs solicitados por la empresa y la administración concursal de las compañías de Gallarta (Bizkaia) Lember --dedicada a la encuadernación--, y Grafman --de artes gráficas e impresión--, que pretendían la extinción de 31 puestos de trabajo.

Según el titular del juzgado, no existe causa objetiva para aceptar los expedientes ya que no se aportan las cuentas anuales de las compañías. Además, censura que se incluya a dos delegados sindicales entre los posibles afectados por los EREs.

Tanto Lember como Grafman, que fueron declaradas en concurso el pasado mes de mayo, pretendían la extinción colectiva de 21 de los 36 trabajadores de Lember y 10 de los 14 de Grafman, alegando la grave situación económica que padece la empresa.

Según la resolución judicial, de 5 de noviembre, hecha pública hoy, las negociaciones desarrolladas en la sede de UGT no fructificaron en un acuerdo con los representantes de los trabajadores.

En este sentido, reprocha que no se aportaran las actas de las negociaciones, lo que supone que "sólo se conoce la versión de los promotores del expediente, que en este caso fueron, al alimón, concursada y administración concursal", pero no los de la parte laboral.

SIN CAUSA OBJETIVA

Además, el juez considera que no se acredita la causa objetiva, ya que, aunque se alega "la crisis del sector, descenso de pedidos, o stocks acumulados que obligan a redimensionar la empresa para que los costes laborales no sean inasumibles", no se aportan las cuentas anuales, por lo que considera que los datos económicos facilitados son incompletos.

También se refiere al informe del inspector de Trabajo, acompañado al de la autoridad laboral, que, a su juicio, recoge algunos datos destacados, como "la manifestación de los representantes de los trabajadores de que no existe aportación de capital en el nuevo proyecto empresarial, que se concretaría en un convenio de asunción, y su denuncia de que todo este proceso sólo pretende la venta de los pabellones industriales propiedad de la concursada, su activo más importante".

Finalmente, la resolución judicial denuncia la "vulneración de la prioridad" de los delegados sindicales de UGT y ELA, que no se respeta en la solicitud, puesto que figuran entre las personas que se podrían haber visto afectadas por los ERES.