Teléfono móvil
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Actualizado: lunes, 5 junio 2017 19:40

WASHINGTON, 5 Jun. (Reuters/EP) -

El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha admitido a trámite un caso sobre derechos de privacidad que determinará si las fuerzas de seguridad necesitarán autorización judicial para acceder a la información de localización de teléfonos móviles archivada por las compañías.

La apelación ha sido presentada por Timothy Carpenter, un hombre que fue arrestado en 2011 dentro de una investigación sobre una serie de robos a mano armada en tiendas de Detroit. La policía averiguó que Carpenter estaba cerca de la escena de los crímenes al obtener información sobre su localización de la operadora de su teléfono móvil.

La cuestión a debatir es si el acceso a estos datos sin una orden judicial viola el derecho del acusado a permanecer libre de registros e incautaciones injustificadas que recoge la Cuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos.

La información que las fuerzas de seguridad pueden obtener de las compañías de telefonía es la hora a la que los usuarios realizan llamadas, de manera que la policía puede usar estos registros para determinar si un sospechoso estaba cerca del lugar del crimen o rastrear sus datos en tiempo real.

La batalla legal plantea cuestiones sobre cuánto protegen las compañías los datos privados de sus clientes. Las cuatro mayores operadoras de redes móviles en Estados Unidos, Verizon, AT&T, T-Mobile y Sprint, reciben miles de peticiones al año de organismos policiales para conseguir "información de localización del teléfono móvil" (CSLI por sus siglas en inglés).

RECURSO CONTRA LA PRUEBA INCRIMINATORIA

Un tribunal desestimó los argumentos de Carpenter y le condenó por seis cargos de robo. Sin embargo, el Tribunal del Sexto Circuito de Apelaciones de Cincinnati, en el estado de Ohio, aceptó el recurso y confirmó que no se había requerido ninguna autorización para acceder a la información del teléfono móvil, con lo que invalidó la prueba incriminatoria.

Grupos como la Unión Americana de Libertades Civiles, que representa a Carpenter, han indicado que la policía necesita una "causa probable" y, por lo tanto, una orden judicial que autorice estas búsquedas y evite actos constitucionales. Además, la Ley de Archivo de Comunicaciones de 1986 no anticipaba la gran cantidad de información privada de cada usuario que contienen ahora los teléfonos móviles, argumentan.

Sin embargo, en base a una disposición adicional de esta ley, el Gobierno ha dicho que no es necesaria ninguna causa probable para obtener registros de los clientes. En lugar de eso, la fiscalía debe demostrar solamente que hay "motivos razonables" para acceder a los registros y que son "relevantes" para una investigación.

El Tribunal Supremo ha fallado dos veces en los últimos años en casos relevantes que ejemplifican cómo el derecho penal se aplica a las nuevas tecnologías. En ambas ocasiones ha reconocido la necesidad de una orden judicial para acceder a la información. En 2012, el Tribunal sostuvo que era necesaria una orden judicial para colocar un dispositivo de localización GPS en un vehículo. Dos años más tarde, indicó que la policía necesitaba una orden judicial para examinar el contenido de un teléfono móvil incautado durante una detención.

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