Condenado a 10 años de cárcel un guardia civil por 20 incendios en la sierra del suroeste

Incendio en la sierra oeste
EUROPA PRESS/AYTO. ROBLEDO
Actualizado: miércoles, 21 diciembre 2016 16:39

MADRID, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al guardia civil Enrique L. D. a una pena de diez años y un día de prisión por la comisión de un delito continuado de incendio en relación a su autoría en veinte fuegos provocados en diferentes municipios del suroeste de región.

   Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados consideran al acusado autor responsable de un delito continuado de incendio. Se le pena con la concurrencia de la circunstancia atenuante analógica simple de anomalía psíquica.

   La resolución recoge que el condenado deberá indemnizar a la Comunidad de Madrid con 70.601,33 euros, en concepto de costes de restauración del daño ambiental y en la cantidad de 79.601,33 euros, como importe de los costes de extinción de los incendios. Además, deberá indemnizar a la Asociación Instituto Filosóficohermético en la cantidad de 13.203,52 euros.

   En el juicio, el procesado reconoció su autoría y manifestó que entró en un "círculo vicioso" que le impulsaba a provocar incendios, algo que le "excitaba" ver. "La acción era prender pasto, desahogarme, e irme; sabía que ese fuego era malo pero no lo podía evitar", dijo entonces.

   El Ministerio Público solicitaba una pena conjunta de 57 años y seis meses de prisión, además de las correspondientes multas por cada uno de los delitos atribuidos a su persona y las indemnizaciones a los propietarios de las parcelas afectadas que así lo han reclamado.

   Según el fiscal, el acusado, entre el 17 de julio de 2013 y el 1 de agosto de 2013 provocó de forma deliberada y voluntaria veinte incendios en parajes naturales en diferentes términos municipales de la región entre los que se encuentran Navas del Rey, Chapinería, Colmenar del Arroyo y Villanueva de Perales.

   Todas estas agresiones medioambientales supusieron relevantes daños en las parcelas afectadas, algunas de ellas consideradas Espacios Naturales Protegidos.

   Algo que ha constatado la Audiencia, el acusado padecía en el momento de cometerse los hechos descritos un trastorno complejo de la personalidad con rasgos mixtos, si bien conservaba su capacidad cognoscitiva y, por tanto, conocía y comprendía la ilicitud de su conducta.

   Dicho trastorno le llevó a actuar de forma impulsiva en ciertos momentos, por lo que su voluntad pudo verse afectada de forma leve y moderada.

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