Los deudores del Ayuntamiento que superan el millón de euros podrán ser consultados a partir de hoy en la web municipal

Palacio de Cibeles
EUROPA PRESS
Publicado: jueves, 22 junio 2017 15:47

MADRID, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid publica este jueves en su Tablón de Edictos de la página web municipal el listado de deudores en situación de "incumplimiento relevante" de sus obligaciones tributarias con la hacienda pública municipal (Ayuntamiento y Organismos Autónomos), aquellos que superan el millón de euros.

Según ha informado el Consistorio en un comunicado, además de dar cumplimiento a la Ley General Tributaria, el Consistorio refuerza y garantiza el principio de transparencia y publicidad, que debe regir la actuación de los poderes públicos.

El artículo 95 bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria introducido con la modificación operada por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, exige a todas las administraciones públicas la publicación periódica del listado de deudores que se encuentren en situación de incumplimiento relevante de sus obligaciones tributarias en los términos que establece, en concreto por deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo que no se encuentren aplazadas o suspendidas cuyo importe supere un millón de euros.

Con esta actuación, el Ayuntamiento también fomenta el desarrollo de una conciencia cívica tributaria, basada en la exigencia constitucionalmente establecida de que todos deben contribuir a los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica.

En el listado se incluyen las deudas de las administraciones públicas y organismos oficiales. El Ayuntamiento de Madrid gestiona con un "respeto absoluto" a los principios que establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, "potenciando especialmente la transparencia y la coordinación con otras administraciones públicas, actuando de forma coordinada con los organismos públicos para solventar las situaciones que se plantean en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias".

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