El Gobierno modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y crea un registro de aguas electrónico central

Depuradora de agua
EUROPA PRESS/VALENCIA
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 20:59

MADRID, 6 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), el Real Decreto que modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por el Real Decreto 849/1986 de 11 de abril) en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico.

Este Real Decreto da cumplimiento a lo establecido en la Ley de Aguas con el desarrollo normativo de la organización y funcionamiento del Registro de Aguas y de su Base Central de datos, para que cumplan con sus objetivos de ser un instrumento fundamental para la gestión y control del dominio publico hidráulico y de la planificación hidrológica.

De este modo, hace uso de los avances tecnológicos basados en la administración electrónica para lograr la simplificación administrativa y la disminución de cargas a los ciudadanos garantizando un mejor servicio.

El Registro de Aguas se actualizará, permitiendo su transformación en un registro electrónico en beneficio de los Organismos de cuenca, manteniendo una actualización continua de la información sobre los derechos de usos de aguas, adaptándolo a los nuevos avances tecnológicos y a los requisitos fijados por la normativa en materia de administración electrónica.

Su contenido se adaptará permitiendo inscribir los aprovechamientos de aguas de fuentes de agua no convencionales, como la desalación o la reutilización de aguas residuales. Asimismo, se dotará de una mayor efectividad a la Base Central de datos del agua, para conocer y difundir los usos del agua en toda España.

RIGOR Y SENCILLEZ

El Real Decreto incorpora también los criterios objetivos y homogéneos que permitan el cálculo de los daños causados al dominio público hidráulico por los hechos que pudieran ser constitutivos de infracción en materia de aguas en el ámbito de actuación de la Administración General del Estado, resolviendo así el vacío legal producido por la sentencia del Supremo que declaraba nula parte de la Orden ministerial de valoración de daños, el único instrumento que hasta ahora se utilizaba para este objetivo.

Se promoverá, así, un entorno de mayor certidumbre y sencillez para los ciudadanos y las empresas en el marco de la actividad sancionadora del Estado en materia de aguas, previendo también aumentar la eficacia gracias a la simplificación de los procedimientos.

Este Real Decreto se aprueba al amparo de la atribución al Estado de la competencia exclusiva en materia de legislación, ordenación, concesión y aprovechamiento de los recursos hidráulicos cuando las aguas discurren por más de una comunidad autónoma.

A este respecto, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, ha detallado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la modificación pretende regular la actividad registral de la Administración hidráulica y establecer los criterios técnicos de valoración de los daños al dominio público hidráulico en desarrollo de la legislación sobre infracciones y sanciones en materia de aguas.

De este modo, ha añadido que el nuevo reglamento establece una nueva regulación en esta materia para que sea uniforme, electrónica y que promueve un régimen de infracciones "mucho más riguroso".

Además, ha dicho que en el marco de desarrollo de medidas de "eficiencia y de racionalidad" ha explicado que la modificación del RD849/1986 de 11 de abril también establece nuevos criterios de valoración de daños y una nueva regulación de la estructura y funcionamiento del registro de aguas para que sea uniforme, electrónico y que busca un nuevo régimen de infracciones "mucho más riguroso".

Igualmente, ha añadido que se crearán oficinas para hacer "más ágil y eficiente" la expedición de certificados en materia de agua, lo que permitirá mejorar el uso y consumo más responsable de las mismas.

La vicepresidenta ha precisado que se hace de este registro una fórmula más transparente, más homogénea; se reordena su contenido; se transforma el registro en electrónico para todos los organismos de cuenca, con una actualización continua de los derechos de uso sobre las aguas y se diseña y hace más efectiva la base central de aguas para conocer y difundir los usos del agua en todo el territorio español.

En definitiva, ha dicho que se busca una mejor protección del régimen de las aguas mediante un registro que tiende a ser uniforme, general, electrónico, de mejor conocimiento y mucho más amplio.

Entre los objetivos del Real Decreto figura la reordenación de la organización y funcionamiento del Registro de Aguas, homogeneizando y actualizando su contenido, adaptándolo a los nuevos avances tecnológicos.

Finalmente, ha destacado que aspira a dotar de efectividad a la Base Central del Agua, para conocer y difundir los usos del agua en toda España y desarrollar los criterios que deben aplicarse para valorar el daño en el dominio público-hidráulico por los hechos que pudieran ser constitutivas de infracción en materia de aguas.

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