La OCU reclama a Ryanair que respete la normativa europea sobre cancelaciones

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Actualizado: lunes, 18 septiembre 2017 18:17


El usuario puede reclamar hasta 600 euros de indemnización para vuelos de más de 3.500 km

MADRID, 18 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha enviado una carta a Ryanair exigiéndole que respete la normativa europea sobre cancelaciones, ante la anulación de vuelos hasta finales de octubre, y estudia emprender acciones legales si la compañía aérea no cumple con esta normativa.

El reglamento europeo establece que las aerolíneas pueden alegar una serie de motivos para no verse obligadas a compensar a los pasajeros tras una cancelación. Sin embargo, casi todos estos motivos están relacionados con causas de fuerza mayor, como condiciones meteorológicas desfavorables o riesgos para la seguridad. "En ningún caso, la voluntad de mejorar la puntualidad apuntada por Ryanair se encuentra dentro de estos supuestos", ha advertido la OCU.

En un comunicado, la OCU informa de que esta misma mañana ha enviado una carta a Ryanair, suscrita junto con otras organizaciones de consumidores hermanas en Portugal, Italia y Bélgica, en la que advierte a la compañía de que, ante la masiva cancelación de vuelos en Europa a partir de octubre, debe cumplir el reglamento europeo 261/2004 referente a esta materia.

En concreto, exige que cumpla estrictamente con el artículo 5, que establece que los pasajeros tienen derecho a una compensación por parte de la compañía si no se cumplen una serie de requisitos, como que la aerolínea informe previamente de la cancelación al pasajero de forma fehaciente.

En el caso de que la aerolínea no cumpliese con estas obligaciones, el usuario podrá reclamar una compensación a la compañía, que será de 250 euros si la distancia recorrida por el vuelo es de hasta 1.500 kilómetros; de 400 euros si se trata de un viaje intra-comunitario de 1.500 km o de hasta 3.500 a nivel global; y de 600 euros en el caso de trayectos de más de 3.500 km.

PLAZOS DE CANCELACIÓN.

No obstante, a la hora de reclamar hay que tener en cuenta los plazos de la cancelación. Si la cancelación se realiza para un viaje programado para dentro de dos semanas o más, la compañía está únicamente obligada a reembolsar el importe; y si se notificase al consumidor con una antelación de entre 14 y 7 días, Ryanair también deberá ofrecer una opción de transporte alternativo en un plazo que no suponga un retraso mayor de cuatro horas.

Si la notificación se produce con menos de siete días, la compañía ha de proporcionar un transporte alternativo que les permita llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

Además, la obligación de compensación no excluye las indemnizaciones que los pasajeros puedan reclamar por daños individuales que puedan demostrar.

Finalmente, la OCU recuerda además que la normativa europea obliga a Ryanair a informar por escrito a los afectados por cancelaciones sobre cuáles son las normas en materia de compensación y asistencia, y los datos del organismo nacional que se ocupa de recibir las reclamaciones.

En este sentido, en caso de ser denegada o ignorada, OCU recomienda dirigir una reclamación a la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), la entidad pública responsable del cumplimiento del reglamento.

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