El presidente de Aena, citado a declarar como investigado por sobrevuelos en Santo Domingo

José Manuel Vargas
AENA
Actualizado: lunes, 4 julio 2016 9:28

El Juzgado de Instrucción 35 de Madrid admitió a trámite esta querella criminal el 13 de noviembre de 2014

MADRID, 4 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid ha citado a declarar como investigados al presidente y consejero delegado de Aena, José Manuel Vargas Gómez y al anterior presidente de AENA, Juan Ignacio Lema Devesa, este lunes por presuntos delitos de desobediencia y contra el medio ambiente.

Así consta en una providencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que la juez María del Sagrado fija las comparecencias en el marco de la querella que investiga diversos desacatos judiciales en relación a los sobrevuelos de aviones en esta urbanización madrileña, situada a 16 kilómetros del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.

Vecinos de la urbanización de Ciudad Santo Domingo, en Algete, interpusieron una querella criminal contra el actual presidente de Aena, José Manuel Vargas Gómez, al entender que incumple los pronunciamientos judiciales en firme para cesar el ruido por tráfico aéreo que sufre la zona.

Según detallan, la querella se extiende al anterior presidente de AENA, Juan Ignacio Lema; a la directora de Planificación y Medio Ambiente del ente, Amparo Brea; y al anterior responsable de ese departamento, José Manuel Hesse Martin.

En 2008, el Tribunal Supremo estimó la lesión de los vecinos del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria y ordenó la adopción de medidas para que cesara la causa de la lesión.

Desde que se inició el litigio, los vecinos han defendido que la lesión es evitable mediante aterrizajes desde el Norte hacia Barajas por la izquierda, pasado Ciudad Santo Domingo, que evita toda población y cumple con la organización mundial de seguridad OACI, permitiendo mantener el uso de todas las pistas.

La querella también se dirige contra cualquier otra persona que pudiera resultar responsable, al amparo de lo dispuesto por Art. 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

DESOBEDIENCIA

Los querellantes consideran que los hechos revisten caracteres de presunto delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal, con multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años.

El delito contra el medio ambiente del artículo 325 y siguientes del Código Penal está castigado con penas de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a 24 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio uno a tres años.

En su caso, los vecinos piden que los querellados presten fianza para continuar en libertad --privándoles de ella si no lo hicieren-- y cubrir responsabilidades civiles o pecuniarias, que de no prestarse se decrete embargo de bienes.

El Juzgado de Instrucción 35 de Madrid admitió a trámite esta querella criminal el 13 de noviembre de 2014. Estos querellantes además están admitidos por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en ejecución de Sentencia del Supremo en la que están personados 1.269 residentes de Ciudad Santo Domingo.

Los querellantes señalan que han pasado ocho años desde que el Supremo ordenase el cese de la causa la lesión de derechos fundamentales por sobrevuelos en aterrizajes hacia el aeropuerto Madrid-Barajas, hoy Adolfo Suárez, en una población libre de afecciones y servidumbres acústicas, consolidada muchos años antes de las ampliaciones del aeropuerto.

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