Declaran culpables de asesinato a los dos hermanos que mataron a su tío en Albox (Almería)

Juicio con jurado a dos hermanos acusados de asesinar a su tío en Albox
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 27 abril 2018 19:46

ALMERÍA, 27 Abr. (EUROPA PRESS) -

Un jurado popular ha declarado por unanimidad culpables de asesinato a los hermanos Juan Andrés T.G. y a Pedro T.G., este último en calidad de cómplice, por el crimen de su tío, al que mataron de un disparo en el portal de su vivienda en Albox (Almería) en febrero de 2016, al tiempo que les condena por un delito de asesinato en grado de tentativa por el intento de acabar con la vida de su primo con la mismo arma, que se encasquilló tras el primer tiro.

El veredicto, leído en audiencia pública este viernes, ha estimado que Juan Andrés T.G. quitó la vida a su tío "voluntariamente" de un disparo en el pecho de manera "sorpresiva" y "sin posibilidad de defensa ni reacción por parte del mismo", mientras que su hermano sujetaba la puerta del portal en el que se sucedieron los hechos a una distancia "de un metro" aproximadamente, según los restos de la detonación encontrados en sus ropas y cabello, sin que tratara "de impedir los hechos".

En este sentido, también considera el jurado que ambos hermanos, que fueron en busca de sus familiares tras las discusiones que habían mantenido en las semanas previas e incluso en esa misma mañana, trataron de asesinar al hijo de la víctima --a su primo-- del mismo modo que atentaron contra su tío.

Así, el jurado ha declarado probado que tras el asesinato de su tío, Juan Andrés T.G. apretó el gatillo contra su primo y que su hermano no hizo nada para impedirlo, sentido en el que además dan por hecho que se produjo un "forcejeo" entre Pedro T.G. y la víctima, que logró salvar su vida, antes de que los acusados abandonaran la escena.

El jurado ha considerado además a Juan Andrés T.G. culpable de un delito de tenencia ilícita de armas por la posesión del revólver modificado que empleó en el crimen al tiempo que ha eximido de este delito a su hermano al apreciar que la pistola que transportaba, y que ya iba "cargada y sin seguro", solo pertenecía al autor material del disparo, según se desprende de las pruebas practicadas en sala.

Los miembros del tribunal han rechazado en su veredicto que el principal acusado actuara bajo los efectos de los estupefacientes a tenor de las pruebas periciales y así como que actuara por obcecación, al no haberse hallado de forma concluyente restos de cocaína en su vivienda ni al apreciar, según los forenses, que tuviera alteradas sus capacidades "volutivas e intelectivas" en el momento de los hechos, pese a haberse declarado consumidor habitual.

De igual forma, y solo por mayoría de siete miembros del jurado, se ha rechazado una posible atenuante de colaboración con los agentes por parte Pedro T.G. en el momento posterior al crimen, ya que su "ayuda y colaboración no se produjo en el primer momento, sino pasado un tiempo, según las declaraciones de la Guardia Civil", con lo que su participación para esclarecer los hechos no se torna, a juicio del tribunal, "seria, eficaz ni relevante".

A este respecto, cabe recordar que según sus declaraciones durante el juicio, tras el asesinato acudieron en coche a casa de su madre a quien le entregaron la pistola para que la guardara, si bien tras ser interceptados por los agentes, les manifestaron que habían arrojado el arma a una rambla hasta que después confesaron. Sobre la posibilidad de indulto para ambos, el jurado ha dispuesto que se aplique lo que en derecho corresponda.

MÁS DE 40 AÑOS DE PRISIÓN

Ante el citado veredicto, la Fiscalía ha modificado su escrito final de acusación y ha fijado su petición de prisión para Juan Andrés T.G. a 32 años y seis meses de prisión por los delitos de asesinato consumado, por el que pide 22 años, asesinato en tentativa en calidad de cómplice, por el que solicita diez años, y tenencia ilícita de armas, por el que ha interesado dos años y seis meses de prisión, mientras que para Pedro T.G. ha reclamado un total de 15 años de prisión por los delitos relativos al asesinato.

Por su parte, la acusación particular ejercida por los letrados Josefa Ramos y Aquilino Garfias, que desde el primer momento mantuvo los hechos vinculados al asesinato en sus distintas vertientes, ha solicitado un total de 40 años y nueve meses de prisión para Juan Andrés T.G. mientras que para su hermano ha reclamado un total de 24 años de cárcel. En su caso, la defensa efectuada por el abogado Juan Marfil ha señalado "incongruencias" y ha dejado en manos del tribunal las penas.

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