Chamizo pide a la Consejería que elabore un protocolo de actuación para alumnos de padres divorciados

Europa Press Andalucía
Actualizado: miércoles, 19 enero 2011 14:25

SEVILLA 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo andaluz, José Chamizo, ha solicitado a la Consejería de Educación que proceda a elaborar y aprobar unas normas o un protocolo de actuación para que, en los casos de cambio o traslado de centro escolar de alumnos de padres separados o divorciados, se pueda corroborar que "esta decisión, que constituye un ejercicio extraordinario de la patria potestad, cuenta con el consentimiento expreso de los progenitores que ostenten aquella al no haber sido privados de la misma por sentencia judicial".

Según una resolución de la Defensoría andaluza, sería también recomendable que la Administración educativa adaptase los medios informáticos que sean precisos para permitir a los progenitores que no tengan atribuida la guarda y custodia, pero sí la patria potestad, obtener información sobre el proceso escolar de sus hijos, prolongándose esta situación hasta que se justifique la modificación de las circunstancias relativas a la guarda, custodia o patria potestad.

Chamizo realiza estas peticiones después de que en la institución que dirige se vengan presentando diversas quejas de padres que comparten la patria potestad y que desean evitar que, de forma unilateral, el otro progenitor pueda cambiar el entorno de convivencia normal del menor, así como su domicilio, amistades, centro educativo o pediatra.

En el ámbito escolar, en concreto, los reclamantes entienden que, en defensa de los intereses de los pequeños, la Administración "debería impedir dicho cambio sin autorización judicial o autorización expresa y documentada de ambos progenitores, circunstancia que no acontece en estos casos". Asimismo, piden ser informados de la evolución escolar de sus hijos.

Ante ello, el defensor considera que habría que "delimitar qué actos de la vida del niño o la niña podría decidir el progenitor custodio sin el consentimiento del otro por referirse al desarrollo normal de la vida del menor y, por el contrario, qué actos quedarían excluidos de este ámbito". Y las decisiones que afecten al cambio de centro escolar del menor, concluye Chamizo, "exceden el capítulo de decisiones normales y, por consiguiente, requieren del acuerdo expreso de ambos progenitores y no sólo de aquel que tenga atribuida la guarda y custodia".

Es por esto por lo que advierte a Educación de que "no puede ampararse en el principio de buena fe de los solicitantes para acceder al cambio o traslado de centro escolar en los casos señalados, sino que está llamada a realizar una acción más activa comprobando y verificando la existencia de ese consentimiento de ambos progenitores para adoptar esta decisión". En el caso de que no sea posible, tendrá que ser un juez el que tenga que resolver sobre esta controversia, según informan en sus ediciones de este miércoles 'El País' y 'Diario de Sevilla'.

No obstante, el defensor aclara que, en el caso de la consulta de los datos sobre la evolución de los alumnos, Educación debe modificar el sistema informático del que dispone actualmente para que las notificaciones lleguen a ambos progenitores, con independencia de la guardia y custodia.

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