SEVILLA, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la orden, emitida por la Consejería de Educación y Deporte el pasado 16 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las ayudas 'Olimpus', en el ámbito del deporte de rendimiento.
El artículo 11 de la Ley del Deporte de Andalucía establece como competencia de la Administración de la Junta la promoción y tutela del deporte de rendimiento, que en su artículo cuatro define al deporte de rendimiento como "toda práctica de una modalidad deportiva reconocida oficialmente y orientada a la obtención de resultados en los diferentes niveles de competición".
Según ha informado la Consejería en una nota, los deportistas más destacados que practican pruebas incluidas en el programa deportivo de los Juegos Olímpicos y Paralímpicos reciben becas del Plan ADO o del Plan ADOP, respectivamente, que son susceptibles de ser complementadas por otras ayudas para "contribuir a una más amplia cobertura de las necesidades de los deportistas y, en último caso, a la optimización de los recursos y condiciones que influyen en la práctica deportiva de rendimiento".
La Ley del Deporte de Andalucía prevé que la Administración de la Junta fomentará el deporte, mediante un régimen de ayudas públicas dentro de las disponibilidades presupuestarias.
Las ayudas 'Olimpus', cuyas bases se regulan en esta orden, y que ha entrado este viernes en vigor, tienen la finalidad de colaborar en el desarrollo de las actividades deportivas de los deportistas, para que les facilite el mantenimiento o la mejora del rendimiento deportivo.