Málaga.- Tribunales.- Condenan a dos búlgaros por obligar a mujeres a prostituirse con amenazas de castigos físicos

Actualizado: domingo, 16 marzo 2008 14:19

MÁLAGA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a un total de ocho años de prisión a dos búlgaros por obligar a prostituirse a mujeres, a las que retenían el pasaporte para que no pudieran escapar de su control y amenazaban con castigos físicos, llegando, en algunos casos, al empleo de la violencia. Por el contrario, absuelve a una mujer de la misma nacionalidad, que estaba acusada de ser la que vigilaba a las demás.

Según se declara probado, en la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, tras pasar una temporada en Italia, el principal acusado viajó hasta España acompañado del otro procesado, la mujer también acusada inicialmente y otras dos mujeres, que después fueron testigos protegidos en la causa, que se investigó en el Juzgado de Instrucción número 5 de Málaga.

"Con la advertencia de castigos físicos y reteniéndoles el pasaporte para que no pudieran escapar, los dos obligaron a las mujeres a acudir diariamente al polígono Guadalhorce de la capital para ejercer la prostitución", según señala la resolución, exigiéndoles al final de cada día el dinero obtenido por su trabajo.

Para la Sala, no se ha acreditado que se les realizara a las mujeres registros en sus partes íntimas para ver si guardaban dinero, ni tampoco que la mujer que estaba procesada estuviera de acuerdo con los otros dos para vigilar y controlar a las demás, sino que el Tribunal considera que más bien "se trataba de una víctima más que fue objeto de una concreta y probada agresión y cuyo pasaporte, como el de las otras, también estaba retenido".

La base de la investigación y de las imputaciones partió de los datos iniciales que los agentes obtuvieron de las autoridades búlgaras, confirmados posteriormente por las declaraciones de las testigos protegidos y de las conversaciones telefónicas intervenidas judicialmente, que reflejan "sin lugar a dudas que las mujeres identificadas se dedicaban a la prostitución".

Asimismo, las grabaciones de las llamadas corroboraron que éstas "no actuaban libremente" sino movidas por el mandato directo del principal acusado, según señala el Tribunal de la Sección Tercera en dicha resolución, "indiscutible jefe del grupo" y encargado de las amenazas de castigo físico y del "empleo de la violencia".

Respecto al otro, se entiende que era mantenido por el anterior y que "no sólo estaba al tanto de las actividades sino que participaba en ellas vigilando a las mujeres". Ambos han sido condenados, además de a cuatro años de cárcel, a indemnizar a cada testigo protegido con 9.000 euros y a multa de 7.200 euros.