El BOJA publica la modificación de las ayudas a la paralización temporal de la flota pesquera andaluza de pulpo

Archivo - Imagen de archivo de barcos pesqueros.
Archivo - Imagen de archivo de barcos pesqueros. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: lunes, 20 abril 2026 13:47

SEVILLA 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este lunes la modificación de la orden reguladora de las ayudas destinadas a compensar la paralización temporal de la actividad de la flota pesquera de pulpo con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (Fempa), correspondientes al año 2025.

Esta modificación eleva la dotación total de las convocatorias hasta los 6.832.632,15 euros tras el incremento significativo de solicitudes registradas respecto a ejercicios anteriores, lo que ha hecho necesario ajustar el crédito disponible con el objetivo de atender al mayor número posible de personas beneficiarias que cumplen los requisitos establecidos, tal como ha argumentado la Junta en una nota.

En este contexto, la orden introduce cambios en el anexo de distribución de fondos y en las cuantías asignadas a determinadas líneas de ayuda ya convocadas, especialmente en las dirigidas a la flota marisquera de artes menores dedicada a la captura de pulpo (Octopus vulgaris), tanto en el litoral mediterráneo como en el caladero nacional del Golfo de Cádiz. En el caso del litoral mediterráneo, las ayudas se sitúan en 615.000 euros para armadores y 485.000 euros para tripulantes, mientras que en el Golfo de Cádiz alcanzan los 550.000 euros para armadores y 400.000 euros para tripulantes, de acuerdo con la actualización recogida en la orden.

Asimismo, se mantienen los periodos de parada establecidos para estas pesquerías, que comprenden los meses centrales de actividad biológica de la especie --del 1 de julio al 30 de septiembre en el Mediterráneo y del 16 de agosto al 31 de octubre en el Golfo de Cádiz--, así como el número de días subvencionables previstos en la convocatoria, garantizando de este modo la coherencia con los objetivos de gestión sostenible de los recursos marinos.

La modificación publicada no altera los elementos esenciales del procedimiento ni supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, al tratarse de un ajuste sobre una convocatoria ya vigente. Del mismo modo, se mantiene el régimen de concurrencia no competitiva previsto en las bases reguladoras, así como la posibilidad de incorporar nuevas personas beneficiarias en caso de eventuales incrementos de crédito, conforme a la normativa aplicable en materia de subvenciones. Estas ayudas tienen como finalidad compensar las pérdidas económicas derivadas de la paralización temporal de la actividad extractiva, al tiempo que contribuyen a la sostenibilidad de los recursos pesqueros y al equilibrio entre la actividad económica y la conservación del medio marino.

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