Córdoba.- Tribunales.- La Junta pide "unidad de criterio" a la Audiencia ante los delitos urbanísticos

Actualizado: martes, 4 noviembre 2008 15:56

CÓRDOBA, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

La delegada provincial en Córdoba de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, Mercedes Mudarra, apeló hoy a "que haya unidad de criterio" en la Audiencia Provincial de Córdoba a la hora de juzgar los delitos urbanísticos, tras darse en poco tiempo dos sentencias contrapuestas sobre las casas ilegales del entorno protegido de Medina Azahara.

En declaraciones a los periodistas, Mudarra reaccionó así al conocer que la Sección Segunda de la Audiencia cordobesa ha absuelto a una pareja que construyó ilegalmente una vivienda en la también urbanización ilegal de Las Pitas, en la zona BIC que rodea al citado conjunto arqueológico califal del siglo X, mientras que hace cinco meses la Sección Primera de la misma Audiencia de Córdoba condenó a un padre y un hijo al derribo de la vivienda que se construyeron, también en Las Pitas.

Mudarra, quien dijo conocer por la prensa la nueva sentencia, expresó su "respeto absoluto" al nuevo fallo, si bien subrayó que "contrasta enormemente con otra sentencia, de sólo hace unos meses y también dictada por la Audiencia de Córdoba, en la que el ponente fue el presidente de la Audiencia, Eduardo Baena, y cuyo contenido y fallo difiere absolutamente de esta última".

Por ello, la delegada de Cultura de la Junta en Córdoba pidió "que haya una unidad de criterio, tal y como se manifestó desde la propia Audiencia Provincial", cuando se marcó en el máximo órgano judicial cordobés "unificar todos los criterios en materia de delitos urbanísticos, pues ésta última sentencia se refería a un delito contra la ordenación del territorio", lo mismo que en el caso en el que los otros parcelistas sí que fueron condenados.

LAS SENTENCIAS

La nueva resolución de la Audiencia cordobesa, según publica hoy 'El Día de Córdoba', revoca una sentencia del Juzgado de lo Penal número cuatro de Córdoba que condenó a penas de prisión y al derribo de la vivienda a una joven pareja de parcelistas, que en junio de 2006 empezó a levantar una vivienda de una planta y 40 metros cuadrados en Las Pitas y que ahora han sido absueltos por la Audiencia, desde la que se argumenta que, para que haya una condena, se exige "algo más" que la existencia de una edificación no autorizable en terreno no urbanizable.

De este modo, según ésta última sentencia de la Audiencia, "no se trata de una edificación aislada, sino de una parcela integrada en una urbanización donde hay gran cantidad de parcelas ya edificadas, que es evidente han sido llevadas a cabo sin que la Administración haya reaccionado eficazmente en ningún sentido".

En estas circunstancias, según argumenta el tribunal, "es evidente que hay que pensar necesariamente en que los poderes públicos tienen que adoptar alguna fórmula que permita reconducir esas situaciones a las vías legales". Lo contrario, según advierten los magistrados, implicaría "persistir en la ilegalidad" o "tomar medidas drásticas", como la demolición. Sobre esta posibilidad, la Audiencia se muestra tajante: "a nada podría conducir ante la trascendencia social y económica que tiene el problema".

La resolución respalda la tesis de la defensa, que argumentó que los procesados no eran conscientes de las consecuencias penales de edificar en el entorno protegido de Medina Azahara. En este sentido, la sentencia recuerda que "la tolerancia administrativa puede ser detectada en casos en que, por ejemplo, el propio Ayuntamiento dota a las edificaciones o construcciones delictivas de suministro de energía eléctrica o de otras dotaciones como asfaltado o alumbrado", y en el caso de la pareja enjuiciada "ello es lo que ocurre".

Los magistrados exponen otros argumentos para absolver a los parcelistas, como "la inexistencia de publicidad o de notificaciones personales a los interesados sobre las características del suelo" donde construyeron ilegalmente.

Frente a esta sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia está la dictada por la Sección Primera el pasado mayo, que condenaba a un padre y su hijo por edificar una casa en Las Pitas a penas de cárcel y a demoler lo construido. En aquella ocasión, el mismo presidente de la Audiencia, Eduardo Baena, consideró una "ofensa a la inteligencia" que los procesados alegaran desconocer los riesgos de edificar junto a Medina Azahara, el mismo argumento que ahora la Sección Segunda sí ha dado por bueno y cuyo fallo choca con la propuesta del plenillo de magistrados de la Audiencia de endurecer las penas contra los parcelistas ilegales.