La Fiscalía retira sus cargos contra el acusado de no socorrer a un jinete tras causar su accidente

Actualizado: martes, 10 marzo 2015 12:52

JAÉN, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía ha retirado este martes los cargos --un delito de omisión del deber de socorro y una falta de homicidio por imprudencia leve-- que mantenía contra el hombre, identificado como A.M.R., al que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén comenzó a juzgar este lunes con un jurado popular supuestamente por no haber auxiliado a un jinete accidentado al paso del camión que conducía, y que falleció horas después del suceso.

Así lo ha revelado la propia fiscal a la hora de exponer sus conclusiones en el juicio, que ha quedado este martes visto para el veredicto que tendrá que aprobar el jurado popular asignado a este procedimiento, y en el que inicialmente el Ministerio Fiscal interesaba una pena de un año y seis meses de prisión para el acusado por el supuesto de omisión del deber de socorro, y una multa de doce euros diarios durante 30 días por la falta de homicidio por imprudencia leve.

En su turno de palabra, la representante del Ministerio Público ha justificado su decisión "no usual" de retirar los cargos que le atribuía al encausado, y, por tanto, de no interesar ninguna pena contra él, en que, a tenor del desarrollo del juicio, considera que "no han quedado acreditados los hechos que se atribuían" al acusado, por lo que "interesa el archivo de la causa".

De esta manera, la fiscal considera que "no hay pruebas suficientes que acrediten los hechos" que ella misma imputaba al camionero juzgado --actualmente profesor de autoescuela--, ya que, por una parte, considera que "no queda acreditado" que cometiera, por un lado, el delito de omisión del deber de socorro, para cuya comisión se requiere, según la doctrina del Tribunal Supremo (TS), que la persona que incurre en él "tenga conciencia de que se produce el desamparo" de la víctima y "no quiera auxiliarla".

Así, ha manifestado que hay testigos que han declarado que llamaron "a voces" al camionero y le hicieron "señales" con las manos para que parara una vez que el jinete había sufrido el accidente, si bien la fiscal no puede "asegurar" que el encartado "escuchara esas voces" por el "nivel de ruido" de la cabina del camión que conducía, donde "va el motor", ni tampoco que "viera las señales", porque no puede confirmar que "mirara por los espejos retrovisores" en ese momento.

La fiscal tampoco considera probada la falta de homicidio por imprudencia leve porque agentes de la Guardia Civil que han declarado en el juicio han manifestado que el acusado circulaba "por su carril, sin invadir el contrario y a una velocidad adecuada de entre 30 y 35 kilómetros por hora, legalmente permitida".

El camionero "podría haber aminorado la velocidad" al pasar junto al jinete accidentado y a su hermano, que también iba a caballo junto a él, pero "la Guardia Civil no puede asegurar que de haber hecho eso se hubiera evitado el accidente", que, de esta forma, "no queda claro cómo se produce", en opinión de la fiscal, que, por ello, ha llegado a la conclusión de que "la conducta del camionero no merece un reproche penal".

En todo caso, asume que "se abrirá otro procedimiento aparte por la vía civil" tras la finalización de este juicio que permitirá que la familia del jinete fallecido sea "indemnizada", según ha augurado la fiscal, que ha revelado que es "la primera vez que retira su acusación", señal de que lo ve "muy claro".

ACUSACIONES MANTIENEN SUS CARGOS

En cambio, tanto la acusación particular que ejerce la viuda del jinete accidentado como la que representa a sus padres han elevado a definitivas sus conclusiones particulares. Concretamente, ambas coinciden en calificar los hechos como constitutivos de un delito de omisión del deber de socorro por el que piden una pena de dos años de prisión, y de una falta de homicidio por imprudencia leve que quieren que se sancione con una multa de 50 --en el caso de la viuda-- o 20 euros diarios --en el caso de los padres-- durante dos meses. Solicitan también indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil.

El abogado de la acusación particular que ejerce la viuda ha argumentado ante el jurado su decisión de mantener sus cargos por entender que tanto la comisión del delito como de la falta "han quedado acreditados".

Así, considera que el conductor del camión "invadió el carril del sentido contrario", por donde circulaban los jinetes, y el camión "golpeó" al caballo del joven finalmente fallecido, que, al igual que su hermano, transitaba "alejado" del vehículo del acusado.

Además, esta acusación particular también considera "acreditado" que se produjo el delito de omisión del deber de socorro porque duda de que el camionero "no se percatara de nada", porque "en cambio sí se dio cuenta de que la antena del camión iba rozando con los árboles" que había a un lado de la carretera, y el jinete accidentado "quedó desamparado" tras el suceso y hasta que se avisó a los servicios médicos "pasaron unos minutos vitales" que podrían haber sido menos si el camionero "hubiera parado y hubiera llamado" al servicio de emergencias.

En la misma línea, la acusación particular que ejercen los padres del fallecido ha ratificado sus conclusiones porque considera que "la causa del accidente fue la conducta del conductor", que "invadió el carril contrario" y "aumentó la velocidad al llegar a la recta donde estaban los caballos".

Además, considera que "lo más lógico es que mirara por los retrovisores instintivamente al paso de los caballos", y que en el que iba montado la víctima "siempre se mantuvo en pie y en el carril izquierdo", circunstancia esta última que "no influyó negativamente" para que se produjera el accidente, del que "es inexplicable" que el conductor "no se diera cuenta", como argumentó en su declaración de este lunes.

Por último, tanto el abogado que ejerce la defensa de la aseguradora del remolque del camión que conducía el acusado --y que supuestamente impactó con el caballo del jinete accidentado-- como el letrado del propio acusado se han reafirmado en sus conclusiones, con las que piden la absolución del camionero.

El letrado de la aseguradora ha reiterado este martes en su turno final de palabra una idea ya defendida el día antes por el abogado de la defensa del acusado, la de que el "desgraciado" accidente "se produjo no por una actuación negligente o imprudente del acusado, sino únicamente por la actuación imprudente del fallecido", que circulaba por un carril por donde no debía transitar montado a caballo.

PENDIENTE DE VEREDICTO

Tras la finalización del juicio oral, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial tiene previsto trasladar este mediodía al jurado el objeto del veredicto sobre el que éste tendrá que deliberar a partir, previsiblemente, de este mismo martes.

El suceso enjuiciado se produjo el 12 de mayo de 2007 en la travesía de Lopera (Jaén) de la carretera de Villa del Río (Córdoba), en dirección al municipio jiennense de Porcuna.