GRANADA, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio Fiscal rebajó hoy de 17 a 12 años la petición de prisión para dos hombres, padre e hijo, acusados de matar a otro en el barrio de la capital granadina del Zaidín, el 5 de enero de 2007, al considerar los hechos constitutivos de un delito de homicidio y no asesinato como sostenía en su escrito de calificación provisional.
Las defensas de los acusados, por su parte, indicaron que sólo el hijo, D.A.A. sería el autor del homicidio, ya que el padre bajó para "defender" a su hijo, y alegan legítima defensa por lo que solicitan la libre absolución de ambos, que se encuentran en prisión preventiva desde que ocurrieron los hechos.
El juicio, que quedó visto para veredicto del jurado, concluyó hoy y en él D.A.A., en el uso de la última palabra, aseguró que "esto le puede pasar a cualquiera en una situación de pánico" ya que, según relató en la vista oral, sacó la navaja con la que finalmente mató a la víctima para "intimidarlo".
Previamente el ahora fallecido le había "amenazado" e incluso ese día habían mantenido un enfrentamiento con forcejeo, todo a raíz de un conflicto originado por unos pendientes de oro que le encargó una prima del fallecido a D.A.A. para que los hiciera en su taller de joyería.
El fiscal, por su parte, no cree que D.A.A. y tampoco su padre, al que considera autor también del homicidio, actuara para defenderse y manifiesta que tenía pretensiones "vindicativas" o "de venganza" para saldar las desavenencias anteriores por las que el joven sufría "miedo" desde meses atrás.
Considera el Ministerio Público los hechos constitutivos de un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad, puesto que el padre agarró a la víctima que amenazaba a su hijo con una barra de hierro, motivo que esgrimió el joven para sacar su arma, una navaja que portaba desde que se originó el conflicto.
Las defensas apuntaron que nunca tuvieron ánimo ni intención padre e hijo de matar al 'Kinder', que es como se apodaba el fallecido, y negaron que fuera de común acuerdo como se produjeron los hechos que acabaron con la muerte de éste a consecuencia de un navajazo en el corazón.
Tras el incidente padre e hijo que desconocían, según alegaron, la "gravedad" de las heridas ocasionadas se marcharon del lugar para acudir a una Comisaría de Policía primero y después a la Guardia Civil de La Zubia donde relataron los hechos, si bien presentaron al fallecido como agresor por los acontecimientos anteriores.
Este hecho no puede ser, según el fiscal, considerado para aplicar atenuante de confesión, extremo con el que no coinciden las defensas que subrayaron también que ambos, padre e hijo, han pagado 90.000 euros a la compañera del fallecido para su hijo, que es menor.
El jurado popular debe emitir el veredicto de culpabilidad o no de los acusados, que no tienen antecedentes penales, y consideran lo ocurrido un "desgraciado accidente", si bien el Ministerio Fiscal pide para cada uno de ellos 12 años y medio de prisión por el delito de homicidio en una situación "desigualdad" y con una reacción "desproporcionada".