Archivo - El presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Antonio López, en una foto de archivo. - María José López - Europa Press - Archivo
SEVILLA 30 Oct. (EUROPA PRESS) -
El boletín oficial del Parlamento andaluz ha publicado este viernes, 30 de octubre de 2026, la resolución de la presidenta de la institución, Ana Mestre (PP-A), por la que "se declara el cese como consejero de la Cámara de Cuentas" de Andalucía de Antonio Manuel López Hernández.
La resolución, consultada por Europa Press, se ha publicado este viernes en el BOPA, pero está fechada el pasado 13 de octubre, unos días después de que, el 9 de octubre, tuviese entrada en el Registro del Parlamento andaluz la "comunicación" del presidente de la Cámara de Cuentas, Manuel Alejandro Cardenete, mediante la que se trasladaba a la Presidencia del Parlamento el cese de dicho consejero acordado por el Pleno del órgano fiscalizador.
En concreto, según se relata en la resolución publicada este viernes a partir del escrito remitido por el presidente de la Cámara de Cuentas, fue el mismo 9 de octubre cuando el Pleno del órgano fiscalizador, "tras examinar las actuaciones realizadas durante la instrucción del correspondiente expediente, había acordado declarar" que Antonio Manuel López Hernández había "incurrido en incompatibilidad sobrevenida para el cargo de consejero de la Cámara de Cuentas de Andalucía".
"De conformidad con lo previsto en el mencionado acuerdo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía", la presidenta del Parlamento, Ana Mestre, declara en la resolución que se ha publicado este viernes en el boletín de la Cámara el "cese" de Antonio López "en el cargo de consejero de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con efectos desde el día de la fecha".
CESE POR RAZÓN DE "INCOMPATIBILIDAD"
El Pleno de la Cámara de Cuentas ha impulsado este cese tras "declarar" que una serie de actividades realizadas por Antonio López "determinan la concurrencia de seis situaciones de incompatibilidad diferenciadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, y en el artículo 35" del Reglamento de organización y funcionamiento de la institución.
"En particular", el acuerdo del Pleno de la Cámara de Cuentas por el que se impulsó este cese se refería a "actividad docente" desarrollada por Antonio López en la Universidad de Granada, que, "aun siendo susceptible de autorización en los términos previstos en el artículo 35.2 del Reglamento, fue ejercida sin la previa autorización del Pleno exigida por dicho precepto".
De esta manera, el Pleno de la Cámara de Cuentas identificó una serie de actividades desarrolladas por el ya exconsejero que "determinan la concurrencia de seis situaciones de incompatibilidad diferenciadas", según se podía leer en el acuerdo de dicho organismo, donde se indicaba que "cada una de ellas presenta autonomía suficiente para integrar la causa legal de cese".
Por ello, al apreciar la "concurrencia" de "seis situaciones de incompatibilidad", el Pleno de la Cámara de Cuentas acordó que procedía "declarar la existencia de las correspondientes causas legales de cese" de Antonio López, "de conformidad con el artículo 27 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, en relación con los artículos 24.1.d) y 37" del Reglamento de organización y funcionamiento de la institución.
CON LA OPOSICIÓN DEL PSOE-A Y EL RECHAZO DE ANTONIO LÓPEZ
Tras conocerse la resolución de la presidenta del Parlamento, el Grupo Socialista --que propuso a Antonio López como consejero-- presentó un escrito para manifestar su "oposición expresa" a la misma, y en el que solicitaba que se dejase "sin efecto por considerarla contraria a Derecho", por "razones de competencia, procedimiento y garantías".
Paralelamente, el propio Antonio López manifestó en un comunicado remitido a Europa Press su "más absoluto rechazo a una decisión que, desde un punto de vista jurídico, podría constituir una actuación de extraordinaria gravedad, contraria a las garantías legales que protegen la independencia de los miembros de esta institución", y argumentó que había sido "elegido consejero por una mayoría cualificada del Parlamento de Andalucía", y "cesado por la decisión de una sola persona, su presidenta, sin que el Pleno del Parlamento haya podido siquiera pronunciarse".
En esa línea, Antonio López anunció que emprendería "las acciones judiciales oportunas ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), solicitando la tutela" de sus "derechos y la revisión de las decisiones adoptadas, incluida, en su caso, la adopción de las medidas cautelares que procedan".