La RTVA cumplió en 2018 su obligación de destinar un 6% de sus ingresos a producción audiovisual europea, según el CAA

Sede de la RTVA, en Sevilla
Sede de la RTVA, en Sevilla - RTVA
Publicado: viernes, 8 noviembre 2019 11:28

SEVILLA, 8 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha remitido a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) un informe en el que se constata que la Radio Televisión de Andalucía (RTVA) "cumplió en 2018 con la obligación de destinar anualmente a la financiación de la producción audiovisual europea un 6% de sus ingresos del ejercicio anterior".

La cadena pública andaluza invirtió, en concreto, 7.163.500 euros en películas, series y documentales durante el pasado año, según ha informado este viernes el CAA en un comunicado.

Desde el Consejo Audiovisual detallan que la RTVA declara 16,3 millones de euros como ingresos netos de su cifra de negocios en 2017 computables para el cumplimiento de la obligación del 6% de inversión. El importe mínimo que debería haber gastado según la norma ascendería, por tanto, a 978.954 euros, con lo que se ha producido un superávit de 6,1 millones de euros.

De forma desglosada, la RTVA informa haber invertido un total de 4.708.667 euros en largometrajes de ficción y documentales, todos en lengua española y de productores independientes; 425.000 en películas y documentales para la televisión, y 1.301.432 euros en series para televisión, más un partida de 728.400 euros para otros tipos.

El informe del CAA recoge, no obstante, las "discrepancias" que en relación con este asunto mantienen las distintas asociaciones del sector audiovisual andaluz con la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía respecto a las cantidades computables para el cálculo del 6% al que hace referencia la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Desde el CAA explican que esta norma establece la obligación para los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva de cobertura autonómica de contribuir anualmente a la financiación anticipada de la producción europea de películas cinematográficas y películas y series para la televisión, así como documentales y películas y series de animación.

Se establece así la obligación de contribuir con el 5% de los ingresos devengados en el ejercicio anterior conforme a su cuenta de explotación, correspondiente a los canales en los que se emiten estos productos audiovisuales con una antigüedad menor a siete años desde su fecha de producción. Este porcentaje será del 6% para las cadenas de titularidad pública de cobertura estatal o autonómica.

La financiación de las obras audiovisuales podrá consistir en la participación directa en su producción o en la adquisición de los derechos de explotación de las mismas. La ley determina igualmente que el 75% de la inversión, en el caso de prestadores de titularidad pública, deberá dedicarse a películas cinematográficas de cualquier género, que el 60% será para producciones en alguna de las lenguas oficiales de España y que al menos el 50% se invertirá en obras de productores independientes.

Por su parte, la Ley Audiovisual de Andalucía dispone la obligación del Consejo Audiovisual de Andalucía de elaborar un informe anual acerca del cumplimiento de esta obligación en el ámbito autonómico.

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