SEVILLA 26 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha acordado incoar expediente sancionador a la RTVA por "vulnerar el principio de neutralidad informativa" de los medios de comunicación pública garantizado por el artículo 60 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) en la cobertura que hizo Canal Sur Televisión del inicio de la campaña de las elecciones autonómicas.
Esta decisión es consecuencia del recurso formulado el pasado día 22 por el PP, que acusaba a la RTVA de "ocultar premeditadamente la imagen" del candidato popular a la Presidencia de la Junta, Javier Arenas, en un resumen que se emitió sobre las actividades de los distintos partidos y sus candidatos en la apertura de la campaña por los comicios del 9-M.
En una resolución aprobada ayer, a la que ha tenido acceso Europa Press, la JEA rechaza que la "ausencia" de los candidatos de PP y Coalición Andalucista (CA) al inicio del informativo especial de Canal Sur Televisión con motivo del arranque de campaña supone "infringir los principios de pluralismo político y social y neutralidad informativa" de los medios públicos garantizados en el artículo 66 de la Loreg, por lo que "ordena" a la RTVA que "en el futuro extreme las medidas necesarias para el respeto de los mismos".
Según la JEA, la ausencia de PP y CA en este bloque informativo no puede atribuirse a un "error en el proceso de elaboración de la noticia", como argumenta la RTVA, ya que considera que un programa que se emite en el arranque de la campaña electoral exige un "plus de rigor", toda vez que el inicio del programa "posee un valor de impacto mediático superior al que puede producirse respecto de las noticias dispersas a lo largo del programa", que compara con "los titulares de un medio de comunicación escrita".
Además de indicar que "debió preverse, con la diligencia exigible a los profesionales del medio, que la noticia inicial limitada a sólo dos de las cuatro formaciones podía producir un desequilibrio en el tratamiento", la resolución señala como agravante el hecho de que, "una vez detectado el supuesto error, que se imputa a razones técnicas, vuelve a repetirse el inicio del informativo" sin limitarse a las dos formaciones ausentes, PP y CA, sino volviendo a incluir también de nuevo a PSOE e IULV-CA, que ya aparecieron la primera vez.
Junto a ello, la JEA también estima el recurso del PP por la "manipulación informativa" que supuso el hecho de que, sobre imágenes de la Conferencia Episcopal y militares de alta graduación, se dijera por un locutor "que no se identifica que 'algunos ya se han posicionado hacia un lado' para posteriormente decir, sobre imágenes de Joaquín Sabina, Miguel Bosé y otros artistas, realizando el signo que identifica a José Luis Rodríguez Zapatero con el lenguaje de sordos, que 'o hacia otro, ahora el objetivo es buscar a los indecisos, la campaña no ha hecho más que empezar".
La resolución de la JEA concluye que "el tratamiento de esta información posee un claro sesgo de especial gravedad conducente a identificar tanto a la Iglesia Católica, a través de su Conferencia Episcopal, como al Ejército, mediante un acto público, con una opción política precisa sin que se aporte prueba alguna, salvo la insinuación del locutor, de que tales instituciones hayan solicitado, de forma expresa y en cuanto tales, el voto para alguna de las formaciones políticas que concurren a las elecciones".
Por todo ello, la JEA declara que dichos hechos "vulneran el principio de neutralidad informativa" de los medios de comunicación pública garantizado por el artículo 60 de la Loreg y acuerda "incoar expediente sancionador a la RTVA para la depuración de las posibles responsabilidades". Contra la presente resolución cabe la interposición del recurso previsto en el artículo 21.2 de la Loreg.