La Cámara de Cuentas detecta incumplimientos en las áreas de personal y contratación menor de Casariche (Sevilla)

Archivo - El Ayuntamiento de Casariche, en foto de recurso
Archivo - El Ayuntamiento de Casariche, en foto de recurso - María José López - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: jueves, 15 octubre 2026 10:45

SEVILLA 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA) ha detectado "incumplimientos de legalidad" en las áreas de personal y contratación menor del Ayuntamiento de Casariche (Sevilla), tal como desvela el informe del citado órgano, en el que emite una "opinión con salvedades" como resultado de la fiscalización llevada a cabo en ambos ámbitos municipales.

Así, en lo que al área de personal se refiere, de la revisión de los expedientes de gratificaciones por horas extraordinarias se desprende que los mismos "no incorporan una descripción individualizada y motivada de las circunstancias que originaron su realización, limitándose, en la mayoría de los casos, a consignar el número total de horas efectuadas y la cuantía a abonar".

Esta "insuficiencia documental" impide verificar el adecuado cumplimiento de la normativa aplicable para el personal laboral, "en particular, poder discernir qué horas extraordinarias tendrían carácter excepcional, cuáles responderían para reparar daños extraordinarios urgentes y cuales, en realidad, responden a necesidades estructurales del servicio y, en consecuencia, verificar el cumplimiento del límite anual de 80 horas establecido por ley".

Asimismo, a los trabajadores de servicio de ayuda a domicilio se le abonan horas extraordinarias por trabajar los fines de semana. "La continuidad en la prestación de este servicio durante dichos periodos constituye una característica inherente a esta actividad". En consecuencia, su retribución "debería configurarse en algunos de los conceptos retributivos indicados en el artículo 18 del convenio colectivo y no como horas extraordinarias en función del artículo 22".

"El reducido número de efectivos del Cuerpo de Policía Local obliga a programar de forma habitual turnos de refuerzo para garantizar la prestación del servicio, que se retribuyen mediante gratificaciones por horas extraordinarias". En este sentido, tales servicios --señala el informe-- "no responden a necesidades ocasionales, sino estructurales, evidenciando una insuficiente dotación de plantilla y generando, además, un incremento del gasto al retribuirse en condiciones más onerosas que la jornada ordinaria."

ÁREA DE CONTRATACIÓN MENOR

La Cámara de Cuentas asegura en su informe que el Ayuntamiento no cumple con la obligación, recogida en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), "pues carece de la organización, de los procedimientos y de la dotación de medios humanos y materiales adecuados y necesarios para ello, lo que imposibilita un conocimiento detallado de cuáles son sus necesidades y la satisfacción eficiente a las mismas".

Para ello, el órgano fiscalizador esgrime que uno de los contratos incluidos en la muestra tuvo por objeto la prestación de servicios de alquiler de equipo de sonido por importe de 6.600 euros (IVA no incluido). De la revisión del Registro Contable de Facturas (RCF) --remarca-- se desprende que "el mismo proveedor facturó el mismo importe y por los mismos servicios en el ejercicio 2023".

Además, figuran "servicios similares" facturados en el ejercicio 2022 por otros proveedores por importe de 14.000 euros. En consecuencia, el importe total facturado por este tipo de servicios durante los últimos tres ejercicios "supera los límites establecidos para la contratación menor fijados en la LCSP, respondiendo, además, a necesidades recurrentes de la entidad, que pueden ser objeto de planificación previa al ser previsibles y reiteradas en el tiempo".

Por otro lado, se ha constatado --según se refleja en el informe-- el reconocimiento de obligaciones derivadas de honorarios profesionales por el asesoramiento en servicios de arquitectura durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024 "sin que hayan tenido la correspondiente cobertura contractual" por importe de 19.345 euros, 18.320 euros y 17.443 euros (IVA incluido) respectivamente.

"Dado que se trata de una necesidad recurrente con una duración superior a un año, estos servicios deberían haber sido objeto de un procedimiento de licitación pública que garantizara el respeto a los principios de publicidad, concurrencia y transparencia".

RECOMENDACIONES DE LA CÁMARA DE CUENTAS

En su informe, la Cámara de Cuentas recomienda impulsar un proceso integral de planificación de recursos humanos que "permita adecuar la estructura de personal a las necesidades reales y permanentes de los servicios municipales, identificando déficits estructurales de plantilla, necesidades de cobertura estable y áreas con elevada dependencia de contratación temporal o de realización habitual de horas extraordinarias".

Además, en opinión del órgano fiscalizador, se debería implantar y reforzar mecanismos internos de control que "garanticen una adecuada motivación y documentación de los expedientes de gratificaciones por horas extraordinarias, exigiendo la descripción individualizada de las circunstancias que las justifican, la identificación nominal del empleado con el cómputo acumulado anual de horas realizadas y la acreditación de su carácter excepcional".

Por último, la Cámara aconseja "atender a la dimensión organizativa de la entidad, proceder a la asignación formal y expresa de las funciones en materia de contratación a uno o varios empleados públicos concretos, con la debida delimitación de responsabilidades"; todo ello con el fin de "garantizar la homogeneidad de criterios, la adecuada coordinación entre unidades gestoras y el refuerzo de los mecanismos de planificación y control interno".

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