Los peritos de Griñán ratifican que el uso de las transferencias de financiación es legítimo

Actualizado: jueves, 7 mayo 2015 15:47

Ven una diferencia "como entre el día y la noche" entre su informe y el de la IGAE

MADRID, 7 May. (EUROPA PRESS) -

Los catedráticos Juan Zornoza Pérez y Miguel Ángel Lago, autores del informe pericial de parte presentado por el expresidente de la Junta José Antonio Griñán, han asegurado este jueves ante el Tribunal Supremo que las transferencias de financiación --instrumento presupuestario apara dotar las ayudas sociolaborales de la Junta-- no son un "régimen perverso" y que su empleo es "absolutamente legítimo".

Así lo han señalado ambos durante su comparecencia ante el magistrado instructor, Alberto Jorge Barreiro, cuando han ratificado su informe, que se contradice con el de la Intervención General del Estado (IGAE), que califica de irregular el instrumento presupuestario que se utilizó durante diez años para financiar estas ayudas.

Al término de dicha comparecencia, que se ha alargado durante cuatro horas, Zornoza ha explicado a los periodistas que las transferencias de financiación se utilizan en "multitud" de administraciones "con absoluta normalidad", que no constituyen "un régimen perverso" y "que no permiten eludir ningún tipo de controles presupuestarios".

"Su empleo es absolutamente legítimo, con independencia de que haya podido haber algún supuesto en el que se haya producido abuso de ese mecanismo", ha incidido el catedrático tras ratificar ante el juez el informe que elaboraron los catedráticos.

Por otro lado, Zornoza ha establecido una comparecencia entre su informe y el de la IGAE y ha dicho la "diferencia" es "como la que hay entre el día y la noche". "Los peritos de la IGAE parecen mantener que las transferencias de financiación en sí mismas son un mecanismo ideado para evitar los controle presupuestarios", ha criticado.

Cabe recordar que el informe de estos catedráticos en Derecho Financiero considera ajustado a derecho los procedimientos seguidos para la autorización, ejecución y control de los gastos financiados con cargo al programa de ayudas laborales, en concreto el uso de las denominadas transferencias de financiación aplicadas a las ayudas socio-laborales.

Este informe obraba en poder del instructor desde el 26 de enero de 2015 y hasta hoy no había sido sometido a ratificación oral ante el instructor en presencia de las partes.

NO PARA CONCEDER SUBVENCIONES SINO PARA PAGARLAS

Por otra parte, según fuentes presentes en la declaración, la intervención ante el magistrado de los dos catedráticos en Derecho Financiero y Tributario se ha centrado en distinguir entre el régimen jurídico de las concesiones y el sistema de pago empleado, en este caso las transferencias de financiación. Es decir, las transferencias no se utilizaron para conceder las subvenciones, sino para pagarlas.

Además, y sobre el tipo de ayudas, existían las ordinarias y las directas, que fueron las que se utilizaron para estas ayudas y que no precisaban de publicidad ni se sometían a concurrencia.

Las mismas fuentes añaden que, tras interrogar a los peritos, el magistrado Alberto Jorge Barreiro ha expuesto su teoría, opuesta a la de los peritos y más cercana a la del informe elaborado por la Intervención General, que señala que este sistema permite eludir controles. Por su parte, los fiscales no han realizado ninguna pregunta a los peritos de parte.

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