Reclamación patrimonial de 214.00 euros por realizar un aborto selectivo en un gemelo sano

Actualizado: jueves, 1 marzo 2012 14:15
cia" class="NormalTextoNoticia" itemprop="articleBody">

SEVILLA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

   Los servicios jurídicos de la asociación 'El Defensor del Paciente' han presentado una reclamación patrimonial por valor de 214.000 euros ante la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía por la presunta negligencia llevada a cabo por una clínica abortiva de Sevilla concertada con el SAS, que practicó por error un aborto selectivo en una gestante al gemelo que tenía sano en lugar del que presentaba una grave cardiopatía fetal incompatible con la vida.

   Según esta reclamación administrativa, a la que ha tenido acceso Europa Press y previa a la vía contenciosa, los hechos se remontan a 2008 cuando una joven gestante de Cádiz, Gema F.M., que contaba por aquel entonces con 33 años de edad, sufrió un primer embarazo ectópico accidentado que no fue detectado a tiempo y que le motivó la perdida de la trompa de Falopio derecha por una negligencia médica en una clínica de Jerez, que ya fue condenada al pago de una indemnización de 18.000 euros.

   Como consecuencia de ello, sus posibilidades de quedarse embarazada descendieron considerablemente, motivo por el que inició un periplo para someterse a un proceso FIV (Fecundación In Vitro), que le llevó incluso hasta el Hospital Virgen de las Nieves de Granada y llegando a soportar hasta siete intentos de embarazo frustrado.

   Finalmente, en 2011 consiguió quedarse embarazada a la octava vez de gemelos, también por procedimiento FIV, si bien cuando estaba de 20 semanas el Hospital Puerta del Mar de Cádiz le diagnosticó que el segundo feto de los dos que tenía padecía una cardiopatía fetal grave, denominada 'truncus arterioso'.

   Esta patología es una malformación consistente en la existencia de una comunicación ventrículo-arterial única, que da origen a las arterias sistémicas, pulmonares y coronarias. El tronco arterial común se encuentra cabalgado entre ambos ventrículos y se asocia siempre a una comunicación intraventricular.

   Este hecho, prosigue el letrado adscrito al Defensor del Paciente José Luis Ortiz, provocaba que dicho feto fuese inviable, por lo que los padres solicitaron un aborto en este gemelo, siendo autorizado por el Comité de Interrupción Voluntaria del Embarazo del Hospital Puerta del Mar a ser realizada esta IVE en una clínica privada de Sevilla concertada con el SAS.

   En diciembre de 2011, la gestante fue atendida por un ginecólogo, al que le aportaron toda la documentación que traían del Puerta del Mar sobre el feto que traía afecto de 'truncus', "comentándole que el ginecólogo le había comunicado que era el segundo gemelo el que estaba enfermo, a lo que el médico le preguntó si era el de la izquierda o el de la derecha", prosigue este abogado en su escrito de reclamación, en el que se aclara que la gestante "le contestó que lo desconocía pero que estaría en la historia clínica que le entregaba".

   "Entonces el doctor le hizo allí mismo una ecografía, y tras la misma, le manifestó que ahora todo lo veía muy claro y que ya sabía cuál era el gemelo que estaba enfermo. Acto seguido, realizó una fetolisis selectiva --pinchar con una aguja fina, larga, hueca, a través de la barriga-- al supuesto gemelo enfermo para paralizar su desarrollo e interrumpir el embarazo de dicho feto". Los informes de la operación indicaban, admeás, que había sido un éxito.

   Pese a ello, a su vuelta al Hospital Puerta del Mar de Cádiz, y tras una ecografía, "se percataron que habían pinchado al feto sano y que el feto con el problema del corazón seguía vivo en el interior del útero materno", argumentan en su reclamación, en la que, a la vista de tal situación, --seguir portando un feto con una malformación congénita que lo hacía inviable en el interior del útero y otro feto muerto en el interior del mismo-- solicitó de nuevo autorización al Comité Clínico de Interrupción Legal de la Gestación del Puerta del Mar para interrumpir el embarazo, abortando a finales de enero de este año en otra clínica diferente de Sevilla. Finalmente, se le programa el aborto de los dos fetos muertos.

   A la vista de todos estos hechos, han presentado una reclamación patrimonial por valor de 214.000 euros ante por una "grave negligencia médica" por parte de la primera clínica abortiva de Sevilla que practicó "erróneamente" el aborto selectivo al feto que no portaba la grave dolencia, y que ya tenía 20 semanas y un día de gestación.

   Además, los servicios jurídicos de su defendida aluden a lo gravoso de este caso, por cuanto "era un bebé muy deseado después de ocho abortos frustrados", a lo que agregan "la dificultad de quedarse embarazada en el futuro, no sólo porque en 2008 perdió una de las trompas de Falopio, sino porque en la actualidad cuenta con 36 años de edad y su edad fértil va decreciendo día a día".